Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 44 de 13/04/2000

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Consejería de Trabajo e Industria

ANUNCIO de la Delegación Provincial de Sevilla, por el que se somete a información pública la solicitud de autorización administrativa y reconocimiento de la utilidad pública del proyecto de instalaciones Ramal de Suministro de Gas a la Base Aérea San Pablo, en el término municipal de Sevilla, así como su estudio de impacto ambiental. (PP. 822/2000).

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A los efectos previstos en la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del sector de hidrocarburos; en el Reglamento General del

Servicio Público de Gases Combustibles, aprobado por Decreto

2913/1973, de 26 de octubre; en el art. 17 de la Ley de Expropiación Forzosa y 56 de su Reglamento, y en el Decreto

292/1995, de 12 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Evaluación de Impacto Ambiental de la Comunidad Autónoma de Andalucía, se somete a información pública la solicitud señalada y que se detalla a continuación:

- Peticionario: Gas Andalucía, S.A., con domicilio en Sevilla, calle Rivero, núm., Sevilla, 41004.

- Objeto de la petición: Autorización administrativa y reconocimiento de la utilidad pública del proyecto de instalaciones «Ramal de suministro de gas a la Base Aérea San Pablo¯, en el término municipal de Sevilla.

- Descripción de las instalaciones: El Ramal tiene su origen en la Red de distribución de Gas Andalucía, S.A., en la Avda. Ciudad de Chiva, en el t.m. de Sevilla. Continúa hasta la semiglorieta situada en la carretera borde del Parque Alcosa, entre las calles Secoya y Pintor Alonso Grasso. El ramal principal cruzará la carretera para continuar su recorrido por el terreno existente entre la carretera de acceso a la Base Aérea San Pablo y el Arroyo Ranilla, hasta terminar en la citada base.

Tubería: De acero al carbono, grado B, según especificación API

5L, con diámetro de 6" y Polietileno.

Presión de diseño: 4 bar.

Caudal. 2.500 Nm/h.

Longitud: 883 metros de polietileno y 1.686 metros de acero.

Presupuesto: Veinticuatro millones cuarenta y cinco mil doscientas doce pesetas (24.045.212 ptas.).

El proyecto incluye planos parcelarios y la relación concreta e individualizada de bienes y derechos afectados.

- Afección a fincas de propiedad privada derivada de la construcción del ramal y sus instalaciones auxiliares:

Uno. Expropiación forzosa en pleno dominio de los terrenos sobre los que se han de construir los elementos de instalación fija en superficie.

Dos. Para las canalizaciones:

A) Imposición de servidumbre permanente de paso, en una franja de terreno de dos (2) metros, uno a cada lado del eje, a lo largo del gasoducto, por donde discurrirá enterrada la tubería o tuberías que se requieran para la conducción del gas y que estará sujeta a las siguientes limitaciones:

1. Prohibición de efectuar trabajos de arada o similares a una profundidad superior a cincuenta (50) centímetros, así como de plantar árboles o arbustos a una distancia inferior a dos (2) metros, a contar desde el eje de la tubería.

2. Prohibición de realizar cualquier tipo de obras o efectuar acto alguno que pudiera dañar o perturbar el buen funcionamiento de las instalaciones, a una distancia inferior a cinco (5) metros del eje del trazado, a uno y otro lado del mismo. Esta distancia podrá reducirse siempre que se solicite expresamente y se cumplan las condiciones que, en cada caso, fije el Organo competente de la Administración.

3. Libre acceso del personal y equipos necesarios para poder mantener, reparar o renovar las instalaciones, con pago, en su caso, de los daños que se ocasionen.

4. Posibilidad de instalar los hitos de señalización o

delimitación y los tubos de ventilación, así como de realizar las obras superficiales o subterráneas que sean necesarias para la ejecución o funcionamiento de las instalaciones.

B) Ocupación temporal, como necesidad derivada de la ejecución de las obras, de la zona que se refleja para cada finca en los planos parcelarios de expropiación. En esta zona se hará desaparecer, temporalmente, todo obstáculo y se realizarán las obras necesarias para el tendido e instalación de la

canalización y elementos anexos, ejecutando los trabajos u operaciones precisas a dichos fines.

Tres. Para el paso de los cables de conexión y elementos dispersores de protección catódica:

A) Imposición de servidumbre permanente de paso en una franja de terreno de un (1) metro de ancho, por donde discurrirán enterrados los cables de conexión y elementos dispersores, que estará sujeta a la prohibición de efectuar trabajos de arada o similares a una profundidad superior a cincuenta (50)

centímetros, así como a plantar árboles o arbustos y realizar cualquier tipo de obra.

Lo que se hace público para conocimiento general y

especialmente de los propietarios de terrenos y demás titulares afectados por dicho proyecto, cuya relación se inserta al final de este anuncio, para que pueda ser examinado el proyecto y su Estudio de Impacto Ambiental en esta Delegación Provincial de Trabajo e Industria, sita en la Pza. de España, Puerta de Navarra, Sevilla, 41071, y se puedan presentar, por triplicado, en esta Delegación Provincial, las alegaciones que consideren oportunas en el plazo de veinte días, a partir del siguiente al de la inserción de este anuncio.

Sevilla, 21 de marzo de 2000.- La Delegada, M.ª José Fernández Muñoz.

[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]

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