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De conformidad con el artículo 59.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, habida cuenta que no ha sido posible la notificación en el domicilio de los interesados, la Dirección General de Espectáculos Públicos, Juego y Actividades Recreativas ha resuelto la publicación mediante anuncio en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía del requerimiento de reposición de la Fianza Reglamentaria, por haber sido ejecutada la que hasta ahora había sido constituida por las Empresas Operadoras que a continuación se relacionan, confiriéndoseles un plazo de ocho días hábiles para que efectúen dicha reposición de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 12.1 y
12.2 del vigente Reglamento de Máquinas Recreativas y de Azar de la Comunidad Autónoma de Andalucía, bajo apercibimiento de que, en caso contrario, se procedería a la cancelación de la Inscripción en el Registro de Empresas Operadoras de la Junta de Andalucía, y su inhabilitación para explotar máquinas recreativas y máquinas recreativas con premio en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
A N E X O
Expediente EO º Interesado
757/88 Recreativos W, SL
1000/88 Jumatic, SL
198/89 Yotto, SL
Sevilla, 17 de marzo de 2000.- El Director General, Rafael Martín de Agar y Valverde.