Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más
De conformidad con el artículo 59.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, habida cuenta que no ha sido posible la notificación en el domicilio del interesado, la Dirección General de Espectáculos Públicos, Juego y Actividades Recreativas ha resuelto la publicación mediante Anuncio en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía del requerimiento de reposición de la Fianza Reglamentaria, a la Empresa Operadora que a continuación se relaciona, confiriéndosele un plazo de ocho días hábiles para que efectúe dicha reposición de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 12.1 y 12.2 del vigente Reglamento de Máquinas Recreativas y de Azar de la Comunidad Autónoma de Andalucía, bajo apercibimiento de que, en caso contrario, se procedería a la cancelación de la Inscripción en el Registro de Empresas Operadoras de la Junta de Andalucía, y su inhabilitación para explotar máquinas recreativas y máquinas recreativas con premio en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Expediente E.O. Interesado:
417/88 Recreativos Tres, SL.
Sevilla, 26 de abril de 2000.- El Director General, Rafael Martín de Agar y Valverde.