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Habiéndose iniciado el período en el que las asociaciones declaradas de utilidad pública deben proceder a la presentación de las cuentas del ejercicio 1999, se les recuerda que las cuentas referidas a dicho ejercicio habrán de ajustarse a lo establecido en el Real Decreto 776/1998, de 30 de abril, por el que se aprueban las normas de adaptación del Plan General de Contabilidad a las entidades sin fines lucrativos y las normas de información presupuestaria de estas entidades, tal como señala su Disposición Final Segunda. El Secretario General.
Huelva, 5 de mayo de 2000.- El Delegado, Juan Ceada Infantes.
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