Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 65 de 06/06/2000

3. Otras disposiciones

Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico

RESOLUCION de 15 de mayo de 2000, de la Secretaría General Técnica, por la que se dispone el cumplimiento de la sentencia dictada en el recurso contencioso-administrativo núm. 1887/88, interpuesto por Cía. Sevillana de Electricidad y de la sentencia dictada en el recurso de apelación núm. 10423/1990, interpuesto por Cía. Sevillana de Electricidad, SA.

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En el recurso contencioso-administrativo núm. 1887/88, interpuesto por Cía. Sevillana de Electricidad, S.A., contra la Resolución de 29 de abril de 1988, de la Consejería de Fomento y Trabajo de la Junta de Andalucía, que desestimó el recurso de alzada interpuesto por Cía. Sevillana de Electricidad, S.A., contra la Resolución de la Delegación Provincial de Fomento y Trabajo de Sevilla, de fecha 8 de mayo de 1987, se ha dictado sentencia por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en Sevilla, con fecha 14 de abril de 1990, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:

«Fallamos: Que desestimamos el recurso que interpone la Cía. Sevillana de Electricidad contra Resolución de 29 de abril de

1988 de la Consejería de Fomento y Trabajo, por la que se desestima el recurso de alzada sobre reclamación interpuesta por exceso de facturación. Sin costas¯.

En el recurso de apelación núm. 10423/1990, tramitado ante la Sección Primera de la Sala Tercera de lo Contencioso- Administrativo del Tribunal Supremo a instancia de Compañía Sevillana de Electricidad, S.A., contra la expresada sentencia se ha dictado, con fecha 28 de septiembre de 1998, sentencia cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:

«Fallamos: Se desestima el recurso de apelación interpuesto por la representación procesal de la mercantil "Compañía Sevillana de Electricidad, S.A." contra la sentencia que, con fecha 14 de abril de 1990, dictó la Sala de lo Contencioso-Administrativo en Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en el recurso número 1887 de 1988. Sin hacer especial imposición de las costas causadas¯.

En virtud de lo establecido en el art. 2.º de la Orden de 8 de julio de 1996, de delegación de competencias, y de conformidad con lo dispuesto en los arts. 118 de la Constitución y 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y

104 y siguientes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, he dispuesto el cumplimiento en sus propios términos de la expresada sentencia, así como su publicación en el BOJA.

Sevilla, 15 de mayo de 2000.- El Secretario General Técnico, Juan Francisco Sánchez García.

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