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Por Orden de fecha 30 de julio de 1999 (BOJA núm., de 19 de agosto), la Consejería de Salud delega en sus Delegados Provinciales la competencia para la suscripción con los Ayuntamientos de Convenios sobre encomienda de gestión de actuaciones de tramitación de procedimientos sancionadores en materia de Salud Pública cuya resolución corresponda a los Alcaldes, de conformidad con lo establecido en el artículo
27.2.a) de la Ley 2/98, de 15 de junio, de Salud de Andalucía.
Por ello, y en base a la Orden citada,
R E S U E L V O
Hacer público el Convenio suscrito por la Delegación Provincial de la Consejería de Salud de Córdoba y el Ayuntamiento de Pozoblanco, cuyo contenido se ajusta al modelo tipo publicado como Anexo a la Orden al principio reseñada.
El referido Convenio entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el BOJA, de acuerdo con lo establecido en la Estipulación Novena del Convenio Tipo, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 15.3, párrafo primero, de la Ley
30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Córdoba, 3 de mayo de 2000.- El Delegado, Jesús María Ruiz García.
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