Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 79 de 11/07/2000

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación y Ciencia

RESOLUCION de 15 de junio de 2000, de la Dirección General de Evaluación Educativa y Formación del Profesorado, por la que se conceden ayudas para el desarrollo de Proyectos Educativos Europeos (PEE), en el marco del Programa Sócrates-Comenius, Acción 1.

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Mediante las Ordenes de la Consejería de Educación y Ciencia de 31 de agosto de 1999 (BOJA núm., de 21.9.99), y de

21 de diciembre de 1998 (BOJA núm., de 9.2.99), se convocaron ayudas para Centros Coordinadores y Asociados de Proyectos Educativos Europeos (PEE) en el marco del Programa Comenius, Acción 1 (Capítulo II del Programa Sócrates). De conformidad con lo dispuesto en los artículos Décimo y Undécimo de las citadas Ordenes, esta Dirección General

HA RESUELTO

Primero. Conceder ayudas, por la cuantía que se indica, para la realización de Proyectos Educativos Europeos dentro de la Acción 1 del Programa Comenius, a desarrollar con efectos de 1 de marzo de 2000 al 31 de julio de 2001, a los Centros que figuran relacionados en el Anexo I como Coordinadores, y en el Anexo II como Asociados.

Conceder ayudas, por la cuantía que se indica, para la realización de Proyectos Educativos Europeos dentro de la Acción 1 del Programa Comenius, a desarrollar con efectos de 1 de septiembre de 1999 al 31 de agosto de 2000, a los Centros que figuran relacionados en el Anexo III como Coordinadores, y en el Anexo IV como Asociados.

Segundo. Por no haber sido aprobados por otras Agencias Nacionales Sócrates rechazar los PEE de los Centros que aparecen relacionados en el Anexo V.

Tercero. Los Centros seleccionados deberán solicitar su siguiente renovación, si procede, antes del 1 de marzo de 2001, de acuerdo con las Instrucciones y formulario que se les remita desde esta Dirección General de Evaluación Educativa y Formación del Profesorado, con suficiente antelación.

Cuarto. La Dirección General de Evaluación Educativa y Formación del Profesorado comunicará a la Agencia Nacional Sócrates la Resolución de concesión de ayudas y aportará cuantos datos y documentos se precisen para ser remitidos a las correspondientes instancias de la Unión Europea.

Quinto. La Agencia Nacional Sócrates enviará a cada uno de los Centros seleccionados el modelo de Convenio Financiero elaborado por la Comisión Europea. Este deberá ser cumplimentado y firmado por el/la Director/a del Centro y remitido posteriormente a la Agencia Nacional Sócrates (Paseo del Prado 28, 8.º, Madrid, 28071).

Sexto. Una vez recibidos los fondos de la Comisión Europea, la Agencia Nacional Sócrates iniciará la tramitación para efectuar el libramiento de las cantidades correspondientes a cada uno de los Centros seleccionados en dos partidas (80% y 20%), de acuerdo con lo establecido en los Convenios firmados con dichos Centros.

Séptimo. De acuerdo con la normativa vigente, los beneficiarios de este tipo de ayudas quedan obligados a:

1. Comunicar, en su caso, la obtención de subvenciones o ayudas para la misma finalidad de cualesquier Administraciones o Entes públicos o privados, nacionales o internacionales.

2. Someterse a las actuaciones de control financiero que correspondan y a las de comprobación que puedan efectuar la Agencia Nacional Sócrates, la Consejería de Educación y Ciencia de la Junta de Andalucía y la Comisión Europea.

3. Justificar la correcta inversión de las ayudas recibidas, mediante la presentación de la siguiente documentación:

3.1. Memorias pedagógicas al finalizar el primer año de vigencia del PEE.

3.2. Justificación económica.

3.2.1. Certificación de la Dirección del Centro que exprese que ha quedado cumplida la finalidad que motivó la concesión de la ayuda.

3.2.2. Certificación de Aprobación de cuentas del Consejo Escolar sobre la dotación concedida con los justificantes originales (recibos, facturas y cualquier otro justificante de gasto, incluyendo los originales de los títulos de viaje).

3.2.3. Hoja de Liquidación financiera según el modelo que la Agencia Nacional Sócrates enviará al Centro seleccionado junto con el Convenio Financiero.

3.3. Toda la documentación habrá de remitirse a la Dirección General de Evaluación Educativa y Formación del Profesorado de la Consejería de Educación y Ciencia (Isla de la Cartuja. Edificio Torretriana, 1.ª planta, Sevilla, 41092), con

excepción de las justificaciones económicas cuyo original se tramitará a la Agencia Nacional Sócrates.

Octavo. La no justificación de la ayuda percibida con arreglo a lo dispuesto en estas bases conllevará el reintegro a la Agencia Nacional Sócrates de las cantidades no justificadas y la exigencia de los intereses de demora, sin perjuicio de las responsabilidades administrativas en que se pueda incurrir con arreglo a los artículos 81 y 82 de la vigente Ley General Presupuestaria, en su nueva redacción dada por la Ley 31/1990, de 27 de diciembre.

Cualquier alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de las ayudas y, en todo caso, la obtención concurrente de subvenciones o ayudas otorgadas por otras Administraciones o Entes públicos o privados, nacionales o internacionales, podrá dar lugar a la modificación de la Resolución de concesión.

Noveno. Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su publicación en el BOJA, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo

Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o, potestativamente, recurso de reposición en el plazo de un mes, desde el día siguiente a su publicación en el BOJA, ante esta Dirección General, de conformidad con lo previsto en los artículos 107.1, 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de

noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 15 de junio de 2000.- La Directora General, Pilar Ballarín Domingo.

[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]

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