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La Orden de 28 de enero de 2000 regula la pesca de la chirla en el Golfo de Cádiz (BOJA núm. 23, de 24 de febrero). El apartado 1 del art. 6 de la misma establece una tara máxima de captura por embarcación y día. Asimismo, prevé la posibilidad de que esta Dirección General pueda modificarla en el caso de que constate que el esfuerzo pesquero ejercido sobre la chirla pudiera afectar la sostenibilidad del recurso.
Teniendo en cuenta que ha transcurrido el plazo de un mes, a contar desde la entrada en vigor de la referida Orden de 28 de enero de 2000, para que el Consorcio comunicara a esta Dirección General el día de la semana en que se propone el descanso adicional al de sábados y festivos, sin que éste lo haya comunicado, se considera conveniente, como medida tendente a contrarrestar el esfuerzo pesquero y las capturas, revisar la tara máxima a la baja, con el fin de preservar el recurso debido al aumento del número de autorizaciones de este arte de pesca.
Por todo ello, una vez estudiada la situación del recurso y recogida la información del sector, representado por el mencionado Consorcio para la Ordenación de la Pesca y la Comercialización de la Chirla en el Golfo de Cádiz, de acuerdo con éste, y optando por la reducción de la tara como medida más acorde con la situación actual de gestión del esfuerzo pesquero, y en ejercicio de la competencia que me confiere el artículo 6.1 de la Orden de 28 de enero de 2000
RESUELVO
Primero. Tara máxima.
Se modifica la tara máxima de captura de chirlas, establecida en el artículo 6.1 de la Orden de 28 de enero de 2000, por la que se regula la pesca de la chirla en el Golfo de Cádiz, quedando fijada como sigue:
Para las embarcaciones marisqueras que realizan su actividad con rastro tradicional remolcado se establece una tara máxima de 100 kg por embarcación y día.
- Para las embarcaciones que están autorizadas al uso de draga hidráulica se establece una tara máxima de 250 kg por embarcación y día.
Segundo. Efectos.
La presente Resolución surtirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 3 de julio de 2000.- La Directora General, María Dolores Atienza Mantero.
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