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Por el Excmo. Ayuntamiento Pleno con fecha 26 de mayo del año en curso, se han adoptado los siguientes acuerdos, en expediente relativo a modificación puntual de elemento del PAM PEPRI Centro en C/ Marqués, núm., promovido de oficio:
«1. Aprobar definitivamente la mencionada modificación puntual de elementos del PAM PEPRI Centro en C/ Marqués, 7, con arreglo a la documentación técnica visada el 6 de noviembre de 1997 y plano de alzados visado el 10 de febrero de 1998, y a los informes obrantes en el expediente, todo ello en cumplimiento con lo dispuesto en los arts..1 y 114 del Real Decreto Legislativo/1992, aplicable en virtud del artículo único de la Ley/1997, de la Junta de Andalucía.2. Disponer la publicación del presente acuerdo en el BOJA, de conformidad con lo dispuesto en los arts. y 32 del Decreto/1994, de la Junta de Andalucía al corresponder a una competencia delegada, atribuida originariamente al Consejero de Obras Públicas y Transportes. No obstante, la publicación de las normas urbanísticas y ordenanzas, se efectuará en el BOP a tenor de lo dispuesto en el art..2 del citado Decreto y entrará en vigor en los plazos marcados en los arts..2 y 65.2 de la Ley de Bases del Régimen Local de 2 de abril de 1985.
3. Dar traslado del presente acuerdo y de dos ejemplares diligenciados del documento de planeamiento aprobado a la Delegación de la Consejería de Obras Públicas y Transportes de la Junta de Andalucía, en cumplimiento con lo dispuesto en el art. del Decreto/1994.
4. Significar al promotor que previamente a la concesión de licencia habrá de ser resuelto el expediente sancionador.
5. Dar traslado del presente acuerdo al Departamento de Arquitectura y Disciplina Urbanística para su conocimiento y efectos¯.
Lo que se hace público para general conocimiento, significándose que contra el acuerdo transcrito podrá interponer, potestativamente, recurso de reposición ante el órgano que dictó el mismo, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente a aquél en que tenga lugar la presente publicación, o bien recurso contencioso-administrativo ante la correspondiente Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de la publicación del presente anuncio y finalizará el día que termine el plazo de la última publicación que se efectúe en el BOJA, conforme a lo dispuesto en el artículo de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Asimismo, se significa que contra el acto o acuerdo que resuelva el recurso de reposición podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el órgano jurisdiccional competente, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a aquél en que se notifique la Resolución expresamente del recurso de reposición. Si no se hubiese resuelto expresamente dicho recurso, será de aplicación el régimen de actos presuntos a tal efecto regulado en el artículo de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime procedente.
Málaga, 14 de junio de 2000.- El Alcalde, P.D., El Teniente- Alcalde Delegado de Urbanismo, Viviendas, Obras y Desarrollo Territorial, Olivia González Pérez.
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