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Toros de Parladé, con domicilio en C/ José Ortega y Gasset,
23, 8.º B. Expte.: 36/00/ET.
Infracción: El pasado día 26 de febrero de 2000 se celebró en la Plaza de Toros de Ubrique un festival mixto con picadores y rejones, no encontrándose las reses con una antelación mínima de seis horas antes del comienzo del espectáculo, el cual estaba anunciado para las 15,30 horas. Art..1 de la Ley
10/1991, de 4 de abril, en relación con el art. 50.3 del Reglamento de Espectáculos Taurinos, según modificación y nueva redacción dada por el Real Decreto 145/1996, de 2 de febrero, tipificada como leve en el art. de la Ley 10/1991, de 4 de abril, sobre Potestades Administrativas en materia de Espectáculos Taurinos, siendo sancionable con multa de 1.666 a
8.333 ptas., a tenor de lo establecido en el art. 17 de la citada Ley, en relación con el art. 95.1 del Real Decreto
145/1996, de 2 de febrero. A efectos de lo establecido en el citado Reglamento de aplicación, este expediente se tramitará por el Procedimiento Simplificado establecido en el mismo, lo que se pone en su conocimiento para que en el plazo de diez días pueda aportar cuantas alegaciones, documentos o informaciones estime convenientes y, en su caso, proponer prueba, concretando los medios de que pretenda valerse. Trasládese al Instructor y notifíquese al presunto responsable.
El Delegado, José Antonio Gómez Periñán.
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