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La Ley de Salud de Andalucía (Ley 2/98, de 15 de junio) establece las competencias sanitarias que corresponden a la Administración Local y a la Administración de la Junta de Andalucía y permite y promueve la colaboración entre las mismas. En concreto, en su art. plantea la colaboración de los Ayuntamientos y de la Administración Sanitaria de la Junta de Andalucía en la remodelación, equipamiento, conservación y mantenimiento de centros y servicios sanitarios.
El art. 11 del Decreto 317/1996, de 2 de julio, por el que se establece la Estructura Orgánica Básica de la Consejería de Salud y del Servicio Andaluz de Salud, atribuye a esta Dirección Gerencia las competencias genéricas en materia de contratación administrativa, entre las que se incluyen las relativas al establecimiento de Convenios de Colaboración con otras instituciones.
No obstante, el art. de la Ley/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, permite la delegación del ejercicio de determinadas competencias en otros órganos cuando razones de oportunidad o conveniencia así lo aconsejen.
En virtud de lo expuesto,
RESUELVO
Delegar en el titular de la Dirección del Distrito Sanitario de Atención Primaria Condado, de la provincia de Huelva, el ejercicio de las competencias necesarias para suscribir un convenio de colaboración con el Ilmo. Ayuntamiento de La Palma del Condado para la cesión de uso de bien inmueble.
En los acuerdos que se adopten en virtud de esta delegación deberá hacerse constar la oportuna referencia a esta Resolución.
Sevilla, 29 de junio de 2000.- La Directora Gerente, Carmen Martínez Aguayo.
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