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Mediante Orden de 28 de octubre de 1996 se procedió a la delegación de determinadas competencias en materia de gastos y contratación en los Delegados Provinciales de esta Consejería.
El ejercicio de esta competencia delegada se limita en la propia Orden en función del importe de los contratos a formalizar.
Sin embargo, especiales circunstancias hacen necesario incrementar el referido límite, para dos supuestos concretos, en la Delegación Provincial de Almería.
En su virtud, en uso de las facultades conferidas por los artículos 44.4 y 47 de la Ley 6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y el artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,
D I S P O N G O
Artículo 1. Se delega en el Delegado Provincial de Asuntos Sociales de Almería la competencia para la contratación del servicio de vigilancia y seguridad del Centro de Menores Infractores «Jesús Redentor¯, y del servicio para la gestión del Centro de Menores de Aguadulce, ambos de Almería, con presupuestos de 30.000.000 de pesetas y 25.000.000 de pesetas, respectivamente.
Artículo 2. En las resoluciones que se adopten en virtud de esta delegación se hará constar expresamente esta circunstancia.
Disposición Final Unica.
La presente Orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 12 de julio de 2000
ISAIAS PEREZ SALDAÑA
Consejero de Asuntos Sociales
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