Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más
Examinado el expediente de deslinde parcial de la vía pecuaria denominada «Vereda del Valle¯, en su tramo 5.º, que va «desde el punto kilométrico 11,500 de la carretera de Cazalla de la Sierra a El Real de la Jara hasta su finalización en la línea de término de Fuente del Arco (Badajoz)¯, en el término municipal de Cazalla de la Sierra (Sevilla), instruido por la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente en Sevilla, se desprenden los siguientes
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. La vía pecuaria denominada «Vereda del Valle¯, en el término municipal de Cazalla de la Sierra (Sevilla), fue clasificada por Orden Ministerial de fecha 27 de enero de
1941.
Segundo. Mediante Orden de la Consejería de Medio Ambiente de fecha 10 de marzo de 1997 se acordó el inicio del deslinde parcial de la vía pecuaria denominada «Vereda del Valle¯, en su tramo 5.º, en el término municipal de Cazalla de la Sierra (Sevilla).
Tercero. Los trabajos materiales de deslinde, previos los anuncios, avisos y comunicaciones reglamentarios, se iniciaron el 7 de octubre de 1997, notificándose dicha circunstancia a todos los afectados conocidos, siendo, asimismo, publicado, el citado extremo en el Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla núm., 18 de julio de 1997.
Cuarto. Redactada la Proposición de Deslinde, que se realiza de conformidad con los trámites preceptivos, ésta se somete a exposición pública, previamente anunciada en el Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla. Quinto. A dicha Proposición de Deslinde no se han presentado alegaciones.
A la vista de tales antecedentes son de aplicación los siguientes
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. Compete a esta Secretaría General Técnica la resolución del presente deslinde en virtud de lo preceptuado en el artículo 21 del Decreto 155/1998, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía, así como el Decreto 179/2000, de 23 de mayo, por el que se aprueba la estructura orgánica básica de la Consejería de Medio Ambiente.
Segundo. Al presente acto administrativo le es de aplicación lo regulado en la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias; el Decreto 155/1998, de 21 de julio, antes citado; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, reguladora del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y demás legislación aplicable al caso. Tercero. La vía pecuaria denominada «Vereda del Valle¯ fue clasificada por Orden de fecha 27 de enero de 1941, debiendo, por tanto, el Deslinde, como acto administrativo definitorio de los límites de cada vía pecuaria, ajustarse a lo establecido en el acto de clasificación.
Considerando que el presente deslinde se ha realizado conforme a la clasificación aprobada, que se ha seguido el procedimiento legalmente establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Procedimiento Administrativo Común, con sujeción a lo regulado en la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias, y al Decreto 155/1998, de 21 de julio, que aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y demas legislación aplicable al caso. Vistos la propuesta favorable al deslinde, formulada por la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente en Sevilla con fecha 25 de noviembre de 1999, así como el informe del Gabinete Jurídico de la Junta de Andalucía, de fecha 22 de febrero de 2000,
HE RESUELTO
Primero. Aprobar el deslinde parcial de la vía pecuaria denominada «Vereda del Valle¯, en su tramo 5.º, que va «desde el punto kilométrico 11,500 de la carretera de Cazalla de la Sierra a El Real de la Jara hasta su finalización en la línea de término de Fuente del Arco (Badajoz)¯, en una longitud de
6.486 metros, en el término municipal de Cazalla de la Sierra (Sevilla), a tenor de la descripción que sigue, y en función a las coordenadas que se anexan a la presente Resolución. Descripción: «Comienza la descripción de este 5.º tramo de la Vereda del Valle, justo al abandonar la carretera de Cazalla de la Sierra la Real de la Jara, aproximadamente por el P.D.
11,500, coincidiendo con la entrada a la finca Rubiano. Penetra la vereda en tierras de esta finca a través de un portón sin cerrojo que existe cerca de la curva que hace la carretera, tomando la vía pecuaria el recorrido que lleva, a través de esta finca, un camino en dirección Oeste.
Llevando como eje de la vía pecuaria este camino, y después de recorrer un largo trecho por zona de dehesa con alcornocal y encinar, se llega a la alambrada que divide las fincas de El Valle con la de Rublano, accediendo el cordel a la finca de El Valle por el antiguo cancelín sin cerrojo que existe junto al portón nuevo que da paso al camino.
Penetramos en la finca El Valle tomando como referencia el camino que discurre dentro de la vía pecuaria atravesando una dehesa con encinar más o menos poblado de arboleda, siempre en dirección Oeste. Se atraviesan varios regajos sin apenas caudal, hasta pasar junto a una cerca antigua de piedra y posteriormente una nueva alambrada cuyo portón permanece abierto, para llegar de esta manera, siempre llevando el camino dentro de la vía pecuaria, al Camino de Gallardo y que cruza de Norte a Sur la vereda. Continuamos un corto trecho y llegamos al Arroyo de San Quijón, que se cruza y le llega por la izquierda la Vereda de la Sierra de la Grana.
Siempre en dirección Oeste y llevando al camino dentro de los límites de la vereda se vuelve cruzar una alambrada cuyo portón de acceso está abierto, para continuar por la dehesa un largo trecho. Se llega de esta manera a unos cercados de piedra antiguos que limitan la vereda a derecha e izquierda, accediéndose a través de ellos por unos portones sin cerrojo. En este punto se abandona el camino que se dirige al Cortijo de El Valle, que queda a la derecha de la vereda como a unos
100 metros de ésta, transcurriendo la misma por una especie de vaguada poco pronunciada que hace el terreno hasta llegar de nuevo a otro cercado de piedra.
Se penetra en este cercado de piedra a través de un portón sin cerrojo y atravesamos dicho cercado que se dedica para
pastizal, dejando un pozo a la izquierda de la vereda, para salir de nuevo por otro portón sin cerrojo a la dehesa con arboleda de esta finca. Siempre en dirección Oeste y llevando de nuevo un camino dentro de la vereda, se deja por la
izquierda una pantaneta y atravesamos de nuevo por otro cancelín abierto, para llegar, después de recorrer un largo trecho al Pantano del Pintado, que interrumpe e intrusa dicha vía pecuaria en alrededor de 1.000 metros de su recorrido para llegar al Vado de las Parras, también anegado y límite de término con Fuente de Arco, punto que se encuentra en el centro de dicho pantano.¯
Contra la presente Resolución, que no agota la vía
administrativa, podrá interponerse recurso de alzada conforme a la Ley 4/1999, de modificación de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Pública y Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de un mes desde la noti ficación de la presente, ante la Consejera de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía.
Lo que así acuerdo y firmo en Sevilla, 30 de junio de 2000.- El Secretario General Técnico, Juan Jesús Jiménez Martín.
ANEXO A LA RESOLUCION DE 30 DE JUNIO DE 2000, DE LA SECRETARIA GENERAL TECNICA DE LA CONSEJERIA DE MEDIO AMBIENTE, POR LA QUE SE APRUEBA EL DESLINDE PARCIAL DE LA VIA PECUARIA «VEREDA DEL VALLE¯, EN SU TRAMO 5.º, EN EL TERMINO MUNICIPAL DE CAZALLA DE LA SIERRA (SEVILLA)
REGISTRO DE COORDENADAS
[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]
Descargar PDF