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Por medio del presente, y dado que por los cauces procedimentales oportunos no ha sido posible la notificación a la que alude el art. 17, párrafo 3, de la Ley 1/96, de 10 de enero, de Asistencia Jurídica Gratuita, se hace pública la denegación del derecho contenido en el art. 6 de la norma citada a los solicitantes que se relacionan a continuación, con detalle del número de expediente asignado por el Ilustre Colegio de Abogados de Huelva, localidad de residencia y referencia legal por la que la Comisión adopta la denegación del derecho.
Expediente: 3415/99.
Nombre: Pedro Giraldo Flores.
Localidad: Huelva.
Artículo: 14.
Expediente: 06/2000/00181.
Nombre: Joaquín Llagas de la Rosa.
Localidad: Punta Umbría.
Artículo: 14.
Expediente: 06/2000/00318.
Nombre: Manuel A. Verano López.
Localidad: Lepe.
Artículo: 3.1.
Expediente: 06/2000/00441.
Nombre: Rafael D. Andivia Paramio.
Localidad: Huelva.
Artículo: 14.
Expediente: 06/2000/00776.
Nombre: Miguel A. Lozano Saiz.
Localidad: Huelva.
Artículo: 6.3.
Expediente: 06/2000/00941.
Nombre: Manuel Martín Estévez.
Localidad: Huelva.
Artículo: 6.3.
Expediente: 06/2000/01032.
Nombres: M.ª Dolores Beltrán Olivera y Ramón López García. Localidad: Huelva.
Artículo: 3.1.
Expediente: 06/2000/01264.
Nombre: Diego Miranda Ruiz.
Localidad: Huelva.
Artículo: 8.2.
Haciéndoles saber que contra el Acuerdo por el que se deniega el derecho a la asistencia jurídica gratuita podrá interponerse, en el plazo de cinco días desde la presente publicación, recurso en la forma y plazo establecido en el art. 20 de la Ley 1/96, de 10 de enero, de Asistencia Jurídica Gratuita. Huelva, 24 de julio de 2000.- El Delegado, Pedro Pérez González-Toruño.
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