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Don Pedro Romero Serrano y doña Francisca Lorenzo Borrero han efectuado la oferta de donación del bien mueble del Patrimonio Histórico denominado Sombrero mayordoma del Cerro de Andévalo, que se describe en el Anexo.
El sombrero de mayordoma del Cerro de Andévalo, pertenece a la Romería de San Benito del Cerro de Andévalo (Huelva) y se considera de interés para las colecciones del Museo de Artes y Costumbres Populares de Sevilla, puesto que documenta la evolución de este tipo de prendas en la indumentaria popular- ritual, estando expuesto en la actualidad el traje completo de mayordoma, por lo que éste quedaría en reserva a disposición de investigadores o para ser usado en una futura reforma museográfica.
La Ley 1/1991, de 3 julio, del Patrimonio Histórico de Andalucía, en su artículo 91.1, faculta a la Consejería de Cultura para aceptar donaciones y legados de bienes muebles integrantes del Patrimonio Histórico Andaluz, quedando exceptuada del requisito de previa aceptación por Decreto del Consejo de Gobierno, previsto en el artículo 80, de la Ley 4/1986, de 5 de mayo, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Por lo expuesto, y en virtud de las competencias atribuidas por el artículo 3.6 del Reglamento de Organización Administrativa del Patrimonio Histórico, aprobado por Decreto
4/1993 de 26 de enero, y a la vista del presente expediente, del informe del Museo de Artes y Costumbres Populares de Sevilla, de fecha 13 de mayo de 1999, y de la Comisión Andaluza de Bienes Muebles, de fecha 28 de junio de 1999,
RESUELVO
Primero. Aceptar la donación del bien mueble descrito en el Anexo, a favor de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y del que se toma posesión en este acto por la Consejera de Cultura.
Segundo. Adscribir el citado bien mueble al Museo de Artes y Costumbres Populares de Sevilla, cuyo Director levantará acta de recepción definitiva, en la que se mencionará la presente Orden de aceptación de la donación. Consecuentemente, el bien mueble ingresará en el Museo mencionado en concepto de depósito de la Comunidad Autónoma de Andalucía, que lo acuerda en su calidad de Administración gestora y en virtud de lo dispuesto en el artículo 9.1 c) del Real Decreto 620/1987, de 10 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de los Museos de titularidad estatal y del Sistema Español de Museos.
Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, potestativamente y en el plazo de un mes desde el día siguiente a su notificación, recurso de reposición ante el mismo órgano que lo dicta en el plazo de un mes, conforme al artículo 116, de la Ley 30/92, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (modificada por la Ley 4/99, de 13 de enero), o directamente recurso contencioso- administrativo en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Sevilla, de acuerdo con lo previsto en los artículos 10 y 46, de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sevilla, 8 de noviembre de 2000
CARMEN CALVO POYATO
Consejera de Cultura
ANEXO QUE SE CITA
Identificación: Sombrero de mayordoma. Romería de San Benito. Técnica y materiales: Cestería y confección. Palma recubierta de falla azul con plumas y avalorios. Galón dorado y cordones con borlas doradas y plateadas, con 2 camafeos; uno de la Virgen y otro con Evangelista.
Medidas: 370 x 300 mm.
Cronología: 1998.
Identificación: Sombrero de mayordoma. Romería de San Benito.
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