La Junta
Consejo de Gobierno
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La Ley 4/1983, de 27 de junio, del Consejo Andaluz de Relaciones Laborales dispone que el Presidente del Consejo será elegido por el Presidente de la Junta de Andalucía a propuesta del Consejero de Empleo y Desarrollo Tecnológico, entre personas de reconocido arraigo y prestigio en el ámbito de las relaciones laborales.
Habiéndose producido propuesta en tal sentido del Consejero, y de acuerdo con los representantes de los agentes sociales y económicos y demás miembros que integran el Consejo Andaluz de Relaciones Laborales, procede hacer efectivo lo establecido en la indicada norma y disponer el correspondiente nombramiento.
El Consejo Andaluz de Relaciones Laborales está constituido por el Presidente, el Secretario General y veintiocho miembros designados en la forma establecida en el artículo 5 de la citada Ley.
En su virtud, de conformidad con lo establecido en el artículo
15 de la Ley 4/1983, 27 de junio, y el artículo 44.1 de la Ley
6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y a propuesta del Consejero de Empleo y Desarrollo Tecnológico,
D I S P O N G O
Artículo Unico. Vengo en nombrar como Presidenta del Consejo Andaluz de Relaciones Laborales a doña Mercedes Rodríguez Piñero y Bravo Ferrer.
Sevilla, 11 de septiembre de 2001
MANUEL CHAVES GONZALEZ
Presidente de la Junta de Andalucía
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