Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 119 de 13/10/2001

3. Otras disposiciones

Universidades

RESOLUCION de 27 de septiembre de 2001, de la Universidad de Córdoba, por la que se modifica la de 10 de junio de 1998, sobre estructura y determinación de las áreas de funcionamiento del Rectorado de la Universidad y de delegación de competencias.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

Por Resolución Rectoral de 10 de junio de 1998, publicada en el BOJA núm. 103, de 12 de septiembre de 1998, la Universidad de Córdoba determinó la estructura y las áreas de funcionamiento del Rectorado y reguló la delegación de competencias.

Con posterioridad, por Resolución Rectoral de 4 de abril de

2001, publicada en el BOJA núm. 81, de 17 de julio de 2001, se reestructuró el Equipo de Gobierno de la Universidad, creándose el Area de Coordinación del Equipo Rectoral y Relaciones con el Claustro, suprimiéndose el Area de Reforma Estatutaria y Relaciones con el Claustro y modificándose las competencias del Secretario General.

Por la presente Resolución se procede a la reorganización del Area de Investigación y Nuevas Tecnologías, en concreto el Servicio de Biblioteca y Parque Tecnológico, que quedarán integrados en el Area de Estudiantes y en el Area de Gestión y Recursos respectivamente, para una coordinación eficiente de la totalidad de sus medios, y además, se refunden las ya introducidas por la Resolución de 4 de abril de 2001, resultando el texto definitivo de la Resolución de 10 de junio de 1998, con la redacción que a continuación se expondrá.

El apartado primero del artículo 18 de la Ley Orgánica 11/1983, de 25 de agosto, de Reforma Universitaria, preceptúa que el Rector, máxima autoridad académica de la Universidad, ostentará la representación de la misma y ejercerá se dirección; en términos análogos se definen las competencias que tengo atribuidas en los arts. 62 y 63 de los Estatutos de la Universidad de Córdoba promulgados por Decreto 184/1985, de 31 de julio (BOJA de 30 de agosto). En su virtud,

DISPONGO

Artículo único. Se modifica la Resolución Rectoral de 10 de junio de 1998, sobre estructura y determinación de las áreas de funcionamiento del Rectorado de la Universidad y de delegación de competencias, quedando con la siguiente redacción:

Primero. Estructura y determinación de las Areas de funcionamiento del Rectorado.

1. Equipo de Gobierno:

A) El Equipo de Gobierno se estructura en Rector, que lo preside, Vicerrectores, Coordinadores, Secretario General, Gerente y Organos Asesores.

B) Se nombrarán Vicerrectores y Coordinadores para cada una de las siguientes áreas:

- Ordenación Académica y Nuevas Titulaciones.

- Profesorado.

- Investigación y Nuevas Tecnologías.

- Gestión y Recursos.

- Estudiantes.

- Relaciones Institucionales e Internacionales.

- Coordinador del Equipo Rectoral y Relaciones con el Claustro.

2. Area de Ordenación Académica y Nuevas Titulaciones. Este Area comprende las siguientes materias y Comisiones:

- Creación, transformación y adscripción de titulaciones.

- Departamentos Universitarios.

- Coordinación de la docencia en Departamentos y Centros.

- Planes de estudio.

- Nuevas Titulaciones.

- Máster, postgrado y Estudios Propios.

- Cursos de Extensión Universitaria.

- Selectividad.

Comisiones: Ordenación Académica y Convalidaciones.

Centro de Innovación y Estudios Propios (CINEP).

La Comisión de Ordenación Académica será presidida,

indistintamente, por el Vicerrector de Ordenación Académica y el Vicerrector de Profesorado.

3. Area de Profesorado.

Este Area comprende las siguientes materias y Comisiones:

- Plantilla.

- Régimen de la diferentes figuras docentes.

- Situaciones; funcionarios; académicas; régimen de

compatibilidades.

- Obligaciones.

- Selección.

- Formación y promoción.

Comisiones: Contratación. Ponencia y Reclamaciones.

4. Area de Investigación y Nuevas Tecnologías.

Este Area comprende las siguientes funciones:

- Programación y fomento de la investigación.

- Infraestructura de investigación.

- Servicio de Publicaciones.

- Participación de la UCO en actividades de investigación.

- Becas de iniciación a la investigación.

- OTRI y contratos artículo 11 LRU.

- Coordinación de Institutos y Servicios de Investigación.

- Desarrollo de la red de comunicaciones y nuevas tecnologías.

Comisiones: Investigación, Informática y Publicaciones. Servicio de Informática.

OTRI (Oficina de Transferencia de Resultados de la

Investigación).

Servicios de Apoyo a la Investigación.

Institutos de Investigación (UCO y PAI).

Estación Experimental Agraria.

5. Area de Gestión y Recursos.

Este Area comprende las siguientes funciones:

- Actividades económicas y financieras.

- Contratación y compra.

- Patrimonio de la Universidad.

- Presupuesto.

- Control económico-financiero

- Coordinación de la actividad de la Gerencia y sus relaciones ordinarias y de enlace con el Equipo de Gobierno.

- Evaluación de las actividades económico-financieras.

Comisiones: Económica.

Coordinador de Espacios y Obras.

Parque Tecnológico.

Gerencia: Recursos humanos (PAS) y Recursos económicos.

6. Area de Estudiantes.

Este Area comprende las siguientes funciones:

- Relaciones con las organizaciones estudiantiles.

- Coordinación de los Colegios Mayores y Residencias

Universitarias.

- Actividades e instalaciones deportivas.

- Coordinación y gestión de Biblioteca Universitaria.

- Becas y Ayudas.

- Acceso de los alumnos a la UCO.

- Matrícula y traslado de expediente.

- Permanencia en la Universidad.

- Sistemas de información al estudiante.

- Campañas de captación de estudiantes.

- Salones del estudiante.

Comisiones: Becas y Ayudas al estudio, Biblioteca, Actividades Estudiantiles, Deportivas y Normas de Permanencia.

Servicios de Deportes, Orientación, Información y Alojamiento.

7. Area de Relaciones Institucionales e Internacionales. Este Area comprende las siguientes funciones:

- Proyección exterior e imagen corporativa.

- Relaciones Internacionales y Coordinación de Programas Supranacionales.

- Programación y desarrollo de actividades dirigidas a los diferentes colectivos sociales.

- Actividades extracurriculares y extensión culturas.

- Participación de la UCO en actividades de ámbito

suprauniversitario.

- Relaciones de la UCO con las entidades públicas o privadas sin perjuicio de las específicas que correspondan a otros Vicerrectorados.

- Supervisión de Convenios Marco en colaboración con los otros Vicerrectorados a los que corresponderá su desarrollo y el establecimiento de los Convenios Específicos que fueran necesarios.

- Relaciones con Centros y Departamentos.

Comisiones: Relaciones Internacionales y Extensión

Universitaria.

Oficina de Relaciones Internacionales.

Aulas específicas.

8. Area de Coordinación del Equipo Rectoral y Relaciones con el Claustro.

Este Area comprende las siguientes funciones:

- Coordinación de actividades y funcionamiento de las distintas áreas que forma el Equipo de Gobierno.

- Coordinación y puesta en marcha de los Claustros Estatutarios y Extraordinarios.

- Revisión, adecuación y cumplimiento de los Estatutos y reglamentos de órganos correspondientes.

- Coordinación de la Agenda del Rector.

- Relaciones con las Instituciones Sanitarias.

- Desarrollo del Convenio con las Instituciones Sanitarias.

- Gabinete de Prensa y Relaciones con los medios de

comunicación.

- Coordinación de la Página Web de la Universidad de Córdoba.

- Relaciones con la Defensora Universitaria.

- Relaciones con los Centros Adscritos.

- Gestión del uso del Edificio del Rectorado.

- Todas aquellas otra competencias que tuviera anteriormente el Area de Reforma Estatutaria y Relaciones con el Claustro.

Comisiones: Electoral, Reforma de Estatutos y Elaboración de Reglamentos.

9. Area de Secretaría General.

Este Area comprende, además de las funciones contempladas en los Estatutos de la Universidad de Córdoba, las siguientes:

- Delegación de las competencias atribuidas al Rector para la representación oficial de la Universidad ante los poderes públicos en materia judicial y administrativa.

- Responsable del régimen jurídico y del control de la

legalidad de las actuaciones de la Universidad.

- Asesoría Jurídica.

10. Gerente de la Universidad.

Ejercerá las funciones previstas en el art. 20 de la LRU y en el art. 243 de los EUCO. Asiste a los miembros del Equipo de Gobierno en los respectivos ámbitos de funciones.

11. Organos Asesores.

Dependen directamente del Rector:

- Unidad para el Plan Estratégico.

- Unidad para la Calidad.

- Doctorado.

Segundo. Avocación de competencias.

De acuerdo con lo previsto en el art. 14 de la LRJ-PAC, según el cual los órganos superiores podrán avocar para sí el conocimiento de un asunto cuya resolución corresponda

ordinariamente o por delegación a sus órganos administrativos dependientes, cuando circunstancias de índole técnica,

económica, social, jurídica o territorial lo hagan conveniente, el Rector podrá avocar para sí el conocimiento de los asuntos objeto de delegación en esta Resolución Rectoral.

Tercero. Las resoluciones adoptadas en el ejercicio de las delegaciones de competencias indicarán expresamente esta circunstancia y se considerarán dictadas por el Rectorado de la UCO, por lo que agotan la vía administrativa, en aplicación de lo dispuesto en el art. 13.4 de la LRJ-PAC.

Cuarto. Esta Resolución deroga cuantas se hayan dictado con anterioridad en materia de delegación de competencias.

Disposición Final Unica: Llévese a puro efecto lo acordado y publíquese en el Boletín Oficial del Estado, Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, así como en los tablones de anuncios del Rectorado.

Córdoba, 27 de septiembre de 2001.- El Rector, Eugenio

Domínguez Vilches.

Descargar PDF