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El Consorcio de Transportes del Area de Sevilla, mediante Acuerdo del Consejo de Administración de fecha 30 de julio de
2001, ha solicitado de esta Dirección General de la Función Pública la exención de la obligación de mantener los puestos de trabajo de Secretario General, Interventor General y Tesorero, y la acumulación de sus funciones a funcionarios con habilitación de carácter nacional que ostenten dichos cargos en la Diputación de Sevilla.
Se fundamenta la anterior solicitud en que, acorde con la Disposición Transitoria de sus Estatutos, en el momento de constitución del Consorcio no resulta conveniente la creación de los puestos de Secretario General, Interventor General y Tesorero, siendo el posterior funcionamiento del Consorcio el que realmente refleje elementos para la clasificación de los puestos que en su momento se creen.
Con este fin, se ha instruido el preceptivo expediente, que ha sido tramitado de conformidad con lo dispuesto por los artículos 161 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril; 4 y 31 del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio; 2 del Real Decreto Legislativo 2/1994, de 25 de junio, y Disposición Adicional Novena de la Ley 22/1993, de 29 de diciembre, de medidas fiscales, de reforma del régimen jurídico de la función pública y de la protección por desempleo y demás normativa aplicable.
El artículo 13.3 del Estatuto de Autonomía de Andalucía atribuye a la Comunidad Autónoma de Andalucía competencia exclusiva en materia de Régimen Local, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 149.1.18 de la Constitución Española.
En su virtud, al amparo de lo dispuesto en el artículo 44.4 de la Ley 6/1983, de 21 de julio, de Gobierno y Administración de la Comunidad Autónoma; el artículo 11.1.e) del Decreto
139/2000, de 16 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Justicia y Administración Pública, he tenido a bien disponer:
Artículo único:
Primero. Se acuerda la exención de la obligación de mantener los puestos de trabajo de Secretario General, Interventor General y Tesorero del Consorcio de Transportes del Area de Sevilla.
Segundo. Se autoriza la acumulación de las funciones de los puestos de Secretaría General, Intervención General y Tesorería del Consorcio Transportes del Area de Sevilla a los funcionarios con habilitación de carácter nacional que ostenten dichos cargos en la Diputación de Sevilla hasta tanto se acuerde la creación y clasificación de los citados puestos.
Tercero. Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de reposición ante este órgano en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a aquél en que tenga lugar la notificación del presente acto, o interponer directamente el recurso contencioso-administrativo ante los correspondientes órganos judiciales de este orden en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la notificación de este acto, de conformidad con lo establecido en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sevilla, 10 de septiembre de 2001.- El Director General, Vicente Vigil-Escalera Pacheco.
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