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En virtud de lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1992, de 26.11.92, por el presente anuncio se notifica a los interesados que se relacionan los siguientes actos administrativos, para cuyo conocimiento íntegro podrán comparecer en la sede de esta Delegación del Gobierno, C/ San Felipe, 5, de Córdoba:
RESOLUCION EXTINCION AUTORIZACION EXPLOTACION
Examinados por el Servicio de Juegos y Espectáculos Públicos los expedientes de autorización de explotación de las máquinas recreativas C0-780, CO-2098, C0-3820 y CO-6335, titularidad de la Empresa Operadora Automáticos Infut, S.L. (EJA-1396).
Constatado que la titular de las autorizaciones de explotación arriba referenciadas, transcurridos los cinco años de validez establecidos en el art. 26 del Decreto 491/1996,
de 19 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Máquinas Recreativas y de Azar, no ha solicitado las renovaciones de las mismas, conforme a lo preceptuado en el art. 30 del Reglamento citado.
Vistos la Ley 2/1986, de 19 de abril, del Juego y Apuestas de Andalucía, y en Decreto 491/1996, de 19 de noviembre, en uso de las competencias atribuidas por el art. 9.º 5 del Decreto
29/1986, de 19 de febrero, y Decreto 512/1996, de 10 de diciembre, esta Delegación del Gobierno
R E S U E L V E
Primero. Declarar la extinción de las autorizaciones de explotación de las máquinas recreativas C0-780, C0-2098, C0-
3820 y C0-6335, titularidad de la empresa operadora Automaticos Infut, S.L. (EJA-1396), con efectos del día 16.5.2001.
Segundo. Notificar la presente Resolución al titular del establecimiento y a la empresa operadora, debiendo esta última entregar en esta Delegación del Gobierno, en el plazo de diez días, ejemplar de la guía de circulación, las matrículas y los boletines de instalación de las máquinas arriba detalladas.
Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso de alzada en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la notificación de la presente ante el Excmo. Sr. Consejero de Gobernación de la Junta de Andalucía. El recurso podrá presentarlo en esta Delegación o en cualquiera de los lugares a que se refiere el art. 38.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre.
Córdoba, 3 de octubre de 2001.- El Delegado, Antonio Márquez Moreno.
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