Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 127 de 03/11/2001

2. Autoridades y personal2.2 Oposiciones y concursos

Consejería de Justicia y Administración Pública

RESOLUCION de 8 de octubre de 2001, de la Dirección General de la Función Pública, por la que se da publicidad a las bases y convocatoria para la provisión del puesto de trabajo de Secretario General del Ayuntamiento de Algeciras (Cádiz), mediante el sistema de libre designación.

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Vacante el puesto de trabajo de Secretario General, reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, del Ayuntamiento de Algeciras (Cádiz), aprobadas por dicha Corporación las bases de selección y acordada asimismo su convocatoria para su provisión mediante el sistema de libre designación, de conformidad con lo previsto en el artículo 28.2 del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, sobre provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local y en el Decreto 467/1994, de 13 de diciembre, por el que se asignan a la entonces Consejería de Gobernación las competencias atribuidas por las Disposiciones Adicionales Novena de la Ley 22/1993, de 29 de diciembre, y Tercera del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, relativas al régimen jurídico de funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, en relación con el articulo

11.1.e) del Decreto 139/2000, de 16 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Justicia y Administración Pública.

Esta Dirección General ha resuelto:

Primero. Dar publicidad a las bases y convocatoria para la provisión mediante el sistema de libre designación del puesto de trabajo de Secretario General, aprobadas por Resolución de

24 de mayo de 2001, por el Ayuntamiento de Algeciras, vacante en la plantilla de funcionarios de Administración Local de habilitación de carácter nacional del Ayuntamiento de Algeciras.

BASES REGULADORAS DE LA PROVISION DEL PUESTO DE TRABAJO DE SECRETARIO GENERAL DEL AYUNTAMIENTO DE ALGECIRAS (CADIZ), MEDIANTE EL SISTEMA DE LIBRE DESIGNACION

Primera. Estas bases tienen por objeto la regulación de la provisión del puesto de trabajo de Secretario General de este Ayuntamiento, entre funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, mediante el procedimiento de libre designación, conforme lo previsto en los artículos

99.2 de la Ley 7/85, de 2 de abril, y 27 y siguientes del Real Decreto 1732/94, de 29 de julio, y de acuerdo con los siguientes datos:

1. Corporación: Ayuntamiento de Algeciras.

2. Denominación: Secretario General.

3. Clase de Puesto. Grupo: A. Escala: Habilitación de carácter nacional. Subescala: Secretaría. Categoría: Superior.4. Nivel de complemento de destino: 30.

5. Complemento específico: 206.462 ptas./mes.

6. Provisión: Libre designación.

7. Requisitos para su desempeño:

- Tener acreditado méritos en la última relación publicada en el BOE, por encima de 13.5 puntos.

- Haber desempeñado el puesto de trabajo de Secretario General con Habilitación Nacional por un período de tiempo no inferior a 5 años en población superior a 100.000 habitantes.

8. Formación específica: Estar en posesión del diploma de Técnico Urbanista.

Los aspirantes deberán acreditar los requisitos mediante las correspondientes certificaciones.

Segunda. La participación en el proceso selectivo podrá ser solicitada por funcionarios de Administración Local con Habilitación Nacional perteneciente a la Subescala de

Secretaría, categoría Superior, sin perjuicio de lo previsto en la Disposición Transitoria Primera, apartado 2.a) del Real Decreto 1174/87, de 18 de septiembre y que reúnan, en ambos casos, los requisitos exigidos en la base primera.

Tercera. No podrán participar en el procedimiento de provisión de puestos de trabajo, a que se refieren estas bases, los funcionarios que en la fecha de finalización de plazo de presentación de instancias, se hallen en alguna de las

circunstancias siguientes:

- Inhabilitados o suspensos en virtud de sentencia o

resolución administrativa si no hubiera transcurrido el tiempo señalado en ellas.

- Destituidos conforme al art. 148.5 del Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, aprobado por Real Decreto Legislativo 781/86, de 18 de abril.

- Situación de excedencia voluntaria por interés particular, de acuerdo con lo previsto en el art. 29.3.c) de la Ley 30/84, de 2 de agosto, cuando no hubiesen transcurrido 2 años desde el pase a dicha situación.

- Falta de permanencia de un mínimo de dos años en el último puesto de trabajo obtenido con carácter definitivo en

cualquier Administración Pública, salvo que se trate de la misma Corporación o concurra alguno de los demás supuestos del art. 20.1.f) de la Ley de Medidas para la Reforma de la Función Pública.

Cuarta. Quienes aspiren a cubrir el puesto de trabajo, deberán hacerlo constar en instancia, con el contenido establecido en el art. 70 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Las instancias, acompañadas de currículum vitae, con las certificaciones pertinentes, deberán dirigirse al Excmo. Sr. Alcalde de este Excmo. Ayuntamiento, y habrán de presentarse dentro del plazo de los quince días hábiles al de la

publicación de la del anuncio en el Boletín Oficial del Estado.

Quinta. La presidencia del Excmo. Ayuntamiento mantendrá entrevista con los interesados. En tal caso, los gastos de desplazamiento serán a cargo de éstos.

Sexta. La presidencia del Excmo. Ayuntamiento de Algeciras en el plazo de un mes, previa constatación de la concurrencia de los requisitos exigidos en estas bases, el currículum vitae que presente y la superación de la entrevista, dictará

Resolución designando, con libertad de criterio, al aspirante que haya de desempeñar el puesto de trabajo.

De la expresada Resolución se dará cuenta al Pleno de la Corporación y traslado a la Dirección General de la Función Pública del Ministerio para las Administraciones Públicas, para su anotación y publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Séptima. En defecto del contenido de las presentes bases, se estará a lo dispuesto en las normas reguladoras del

procedimiento de libre designación, que se relacionan en la base primera, sin perjuicio alguno del ordenamiento jurídico vigente.

Segundo. Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de reposición ante este órgano, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a aquél en que tenga lugar la notificación del presente acto, o interponer directamente el recurso

contencioso-administrativo, ante los correspondientes órganos judiciales de este orden, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a la notificación de este acto, todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 116 y

117 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en el artículo 46.1 de la Ley 29/1988, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 8 de octubre de 2001.- El Director General,

Vicente Vigil-Escalera Pacheco.

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