Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 148 de 27/12/2001

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Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico

RESOLUCION de 20 de noviembre de 2001, de la Delegación Provincial de Córdoba, por la que se convoca para el levantamiento de actas previas a la ocupación de la línea aérea a 66 kV D/C y S/C desde la Subestación Villanueva de Córdoba a Subestación Cardeña, en los términos municipales de Villanueva de Córdoba y Cardeña (Córdoba). (Exptes. AT-191/99 y AT-2/99). (PP. 3276/2001).

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Con fechas 23 de marzo de 2001 se dictó Resolución por la Delegación Provincial de la Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico en Córdoba por la que se autorizaba, se aprobaba el proyecto de ejecución y se declaraba en concreto la Utilidad Pública para la construcción de «Línea Aérea a 66 kV D/C y S/C desde la Subestación Villanueva de Córdoba a Subestación Cardeña¯, en los términos municipales de Villanueva de Córdoba y Cardeña. Con fecha 13 de julio de 2001 se dictó Resolución, por la misma Delegación Provincial por la que se declaraba en concreto la Utilidad Pública de dicha línea. Dicha declaración de Utilidad Pública, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo

54 de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico, lleva implícita la necesidad de ocupación de los bienes y derechos afectados e implicará la urgente ocupación a los efectos de artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de 1954.

En su virtud, en cumplimiento de lo dispuesto en el mencionado artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, se convoca a los titulares de los bienes y derechos afectados a que después se hace mención, en los Ayuntamientos de Villanueva de Córdoba y Cardeña, en los días y horas que se indican en el Anexo núm. 1 de este documento para, de conformidad con el procedimiento que establece el citado artículo 52, llevar a cabo el levantamiento de actas previas a la ocupación y, si procediera, las de ocupación definitiva.

Todos los interesados, así como las personas que sean titulares de cualquier clase de derechos e intereses sobre los bienes afectados, deberán acudir personalmente o representados por persona debidamente autorizada, aportando los documentos acreditativos de su titularidad y el último recibo del Impuesto sobre Bienes Inmuebles, pudiéndose acompañar, a su costa, de sus peritos y un Notario, si lo estima oportuno.

El orden del levantamiento de actas figura igualmente en el tablón de edictos de los Ayuntamientos de Villanueva de Córdoba y de Cardeña, y se comunicará a cada interesado mediante oportuna cédula de citación, significándose que esta publicación se realiza, igualmente, a los efectos que determina el artículo 59.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, para la notificación de la presente Resolución en los casos de titular desconocido o domicilio ignorado. En el expediente expropiatorio, Compañía Sevillana de Electricidad I, S.A., asume la condición de beneficiaria.

Córdoba, 20 de noviembre de 2001.- El Delegado, Andrés Luque García.

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