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Por Resolución de 25 de julio de 2001 (BOJA núm.
102, de 4 de septiembre, se convocó concurso de méritos para la provisión de puestos de trabajo vacantes en esta Delegación Provincial, de conformidad con lo establecido en el artículo 25.1 de la Ley 6/85, de 28 de noviembre, de Ordenación de la Función Pública de la Junta de Andalucía, y en el Decreto 151/1996, de 30 de abril, por el que se regulan los concursos para provisión de puestos de trabajo de la Administración de la Junta de Andalucía adscritos a personal funcionario y se aprueba el baremo que ha de regirlos.
Habiéndose cumplido las normas reglamentarias y los procedimientos, y en cumplimiento de lo previsto en la base undécima de la Resolución antes citada, la Comisión de Valoración ha formulado la correspondiente propuesta de resolución del concurso con la valoración final de los candidatos propuestos y los puestos desiertos.
En su virtud, y en uso de las competencias que me han sido delegadas por la Orden de 23 de julio de 1998 de la Consejería de Turismo y Deporte (BOJA núm. 87, de 4 de agosto), Disposición Segunda, en relación con el Decreto
56/1994, de 1 de marzo, de atribución de competencias en materia de personal,
D I S P O N G O
Primero. Resolución y adjudicación de los puestos de trabajo convocados.
1. Se aprueba la propuesta de resolución del concurso, adjudicando, con carácter definitivo, los puestos de trabajo que se relacionan en el Anexo de la presente Resolución a los funcionarios que en él se especifican. Los destinos son irrenunciables, salvo que con anterioridad a la finalización del plazo posesorio, excluidas las prórrogas de incorporación, los interesados obtengan otro destino por convocatoria pública en Boletín Oficial, en cuyo caso podrán optar por uno de los dos, viniendo obligados a comunicar por escrito a esta Delegación Provincial y a la Dirección General de la Función Pública de la Consejería de Justicia y Administración Pública, en el término de tres días desde la publicación de la adjudicación, la opción realizada.
2. Se declara desierto el puesto que en el Anexo de la presente Resolución así se especifica, al no reunir las solicitudes presentadas los requisitos exigidos en la convocatoria.
3. Las tomas de posesión se ajustarán a lo dispuesto en la base decimotercera de la Resolución de convocatoria del concurso.
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso- administrativo en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, de acuerdo con lo previsto en los artículos 14 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso- Administrativa, sin perjuicio de la interposición del recurso potestativo de reposición (artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero), sin que puedan
simultanearse ambos recursos.
Jaén, 28 de noviembre de 2001.- La Delegada, Marta
Jiménez Castellano.
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