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Consejo de Gobierno
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Por medio del presente y dado que por los cauces procedimentales oportunos, no ha sido posible la notificación a la que alude el art. 17, párrafo 3, de la Ley 1/96, de 10 de enero, de Asistencia Jurídica Gratuita, se hace pública la denegación del derecho contenido en el art. 6 de la norma citada a los solicitantes que se relacionan a continuación, con detalle del número de expediente asignado por el Ilustre Colegio de Abogados de Huelva, localidad de residencia y referencia legal por la que la Comisión adopta la denegación del derecho.
Expediente: 06/2000/02232.
Nombre: Gregoria Batanero Mendoza.
Localidad: Huelva.
Artículo: Art. 34.
Expediente: 06/2000/02888.
Nombre: Isabel Rodríguez Díaz.
Localidad: Huelva.
Artículo: Art. 8.2.
Expediente: 06/2000/02918.
Nombre: Frutas Denisjorja, Hnos.
Localidad: Lepe.
Artículo: Art. 2.
Expediente: 06/2000/03400.
Nombre: Josué Marín Galván.
Localidad: Huelva.
Artículo: Art. 6.3.
Haciéndoles saber que, contra el acuerdo por el que se deniega el derecho a la asistencia jurídica gratuita, podrá interponerse en el plazo de cinco días desde la presente publicación recurso, en la forma y plazo establecidos en el art. 20 de la Ley 1/96, de 10 de enero, de Asistencia Jurídica Gratuita.
Huelva, 8 de febrero de 2001.- El Delegado, Pedro Pérez González-Toruño.
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