La Junta
Consejo de Gobierno
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Encontrándose en tramitación el procedimiento para la declaración como Bien de Interés Cultural, categoría monumento, a favor del inmueble del Marqués de Casa-Arizón, situado en calle Banda de la playa núm. 75, Sanlúcar de Barrameda (Cádiz), (cuya delimitación literal y gráfica se adjuntan en anexo aparte)y atendiendo al estado en que se encuentran las actuaciones, se anuncia la apertura de periodo de información pública del expediente, de conformidad con el art. 9.2 de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, 13.1. de su reglamento de desarrollo, Real Decreto 111/1986, de 10 de enero, 86 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y apartado
13.2 de la Resolución de 1 de junio de 1999 de la Dirección General de Bienes Culturales, por la que se delegan en los Delegados Provinciales de la Consejería determinadas competencias en materia de Patrimonio Histórico (BOJA núm.73, de 26 de junio).
A tal efecto, el expediente en cuestión estará de manifiesto por plazo de veinte días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio, para que cuantos tengan interés en el mismo puedan, en el plazo citado, examinarlo y formular las alegaciones que estimen pertinentes. El lugar de exhibición es la Delegación Provincial de Cultura de Cádiz, Departamento de Protección e Instituciones del Patrimonio Histórico, calle Cánovas del Castillo, núm. 35, 2.ª planta de nueve a catorce horas.
La Delegada, Josefa Caro Gamaza.
A N E X O
Identificación:
Denominación: Inmueble del Marqués de Casa-Arizón. Localización: Sanlúcar de Barrameda (Cádiz). Dirección: Calle Banda de la Playa, 75.
Descripción del bien:
Edificado entre el último tercio del siglo XVII y la primera mitad del XVIII, el origen histórico del inmueble aparece íntimamente ligado a la familia de los Arizón, pertenecientes a la burguesía comercial catalana que, a principios del XVIII, se instaló en Sanlúcar de Barrameda para ejercer el comercio con las Indias.
El inmueble constituye el único conjunto urbano de la ciudad que contiene y conserva, tipológicamente, todos los elementos propios que configuraron las típicas casas de los cargadores de Indias y que, en líneas generales, responden a una doble funcionalidad: residencia familiar y almacenaje.
Arquitectónicamente, la Casa-Arizón, se conjuga mediante una superposición de elementos, los cuales no responden a una unidad arquitectónica homogénea, sino que fueron el resultado de sucesivas ampliaciones, transformaciones y agregaciones, realizadas en el transcurso del tiempo, y que se traducen, entre otros, en la existencia de dos viviendas familiares y numerosos patios interiores, almacenes y bodegas.
De autor desconocido debió de ser en el s. XVIII cuando se edificaron o al menos rehabilitaron en estilo barroco, las zonas más monumentales del conjunto arquitectónico.
Delimitación del bien:
La delimitación afectada por la declaración, incluye la totalidad del inmueble, es decir la parcela 01 de la manzana
57356.
Delimitación del entorno:
Comprende las parcelas, inmuebles, elementos y espacios públicos y privados comprendidos dentro de la línea de
delimitación grafiada en el plano catastral adjunto y cuya relación es la siguiente:
Manzana 57324: Parcela 05 Manzana 57366: Parcela 25 Parcela 06 Parcela 15
Parcela 07 Parcela 26
Parcela 08
Parcela 09 Manzana 57368: Parcela 37
Parcela 10 Parcela 38
Parcela 11
Parcela 12 Manzana 58362: Parcela 01
Parcela 13
Parcela 14
Parcela 15 Manzana 58367: Parcela 01
Parcela 16 Parcela 02
Parcela 03
Manzana 57356: Parcela 01 Parcela 04 Parcela 02 Parcela 05
Parcela 03 Parcela 06
Parcela 25 Parcela 07
[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]
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