Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 55 de 15/05/2001

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación y Ciencia

ORDEN de 9 de abril de 2001, por la que se crean y suprimen Secciones de Educación Secundaria Obligatoria.

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La puesta en marcha de la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo, ha supuesto una profunda transformación de las enseñanzas, así como de los centros.

Con el objetivo de acometer esta transformación, la Consejería de Educación y Ciencia elaboró el documento «Mapa de Enseñanzas y Red de Centros de Andalucía¯, que está suponiendo una guía de indudable valor en la toma de decisiones en materia de creación, supresión y modificación de centros. Dicha red aporta incluso información relativa a la situación por la que transitoriamente deberán pasar los centros docentes antes de llegar al modelo definitivo, una vez se hayan implantado completamente las nuevas enseñanzas.

A fin de garantizar una adecuada coordinación académica y administrativa en la etapa transitoria de aplicación de la Red de Centros, se hace necesario tomar determinadas medidas, entre las que figuran la creación y supresión de Secciones de Educación Secundaria Obligatoria así como la autorización de las enseñanzas que se impartirán en las mismas.

En consecuencia, a propuesta de la Dirección General de Planificación y Ordenación Educativa, esta Consejería de Educación y Ciencia ha dispuesto:

Artículo 1. Crear las Secciones de Educación Secundaria Obligatoria que se especifican en el Anexo I de la presente Orden, con indicación del Instituto de Educación Secundaria del que dependen.

Artículo 2. Las Secciones de Educación Secundaria Obligatoria constituirán los órganos de gobierno unipersonales y colegiados que le correspondan de acuerdo con la normativa vigente.

Artículo 3. Suprimir las Secciones de Educación Secundaria Obligatoria que se recogen en el Anexo II de la presente Orden, a partir del curso escolar 2001/02.

DISPOSICIONES FINALES

Primera. Las Direcciones Generales de la Consejería de Educación y Ciencia deberán arbitrar o adoptar cuantas medidas sean necesarias, en el ámbito de sus competencias, para el estricto cumplimiento de la presente Orden.

Segunda. La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 9 de abril de 2001

CANDIDA MARTINEZ LOPEZ

Consejera de Educación y Ciencia

ANEXO I

CREACION DE SECCIONES DE EDUCACION SECUNDARIA OBLIGATORIA

Código: 11001208.

Provincia: Cádiz.

Localidad: Algeciras.

Centro: Sección del I.E.S. «Saladillo¯, código 11008446, de Algeciras.

Código: 14000321.

Provincia: Córdoba.

Localidad: La Carlota.

Centro: Sección del I.E.S. «Nuevas Poblaciones¯, código

14700298, de La Carlota.

Código. 14000331.

Provincia: Córdoba.

Localidad: Lucena.

Centro: Sección del I.E.S. «Marqués de Comares¯, código

14004580, de Lucena.

Código: 14000343.

Provincia: Córdoba.

Localidad: Villarrubia.

Centro. Sección del I.E.S. «Medina-Azahara¯, código 14700161, de Córdoba.

Código: 18000519.

Provincia: Granada.

Localidad: Salobreña.

Centro: Sección del I.E.S. «Mediterráneo¯, código 18009961, de Salobreña.

Código. 41000594.

Provincia: Sevilla.

Localidad: Ecija.

Centro: Sección del I.E.S. «San Fulgencio¯, código 41001938, de Ecija.

ANEXO II

SUPRESION DE SECCIONES DE EDUCACION SECUNDARIA OBLIGATORIA

Sevilla:

Sección de Educación Secundaria Obligatoria 41701006.

Localidad: Ecija.

Sección de Educación Secundaria Obligatoria 41701791.

Localidad: Sevilla.