Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más
El 29 de diciembre de 1997, esta Dirección Gerencia suscribió un contrato con la empresa Compañía Andaluza de Medicina Extrahospitalaria, S.A. (Camex, S.A.), para la gestión indirecta del servicio público de hemodiálisis en Sevilla, mediante concierto, con una duración prorrogable a partir de la fecha de su formalización. El importe máximo anual fue de
196.335.360 pesetas. Por Resolución de 30 de noviembre de 2000 se prorroga el contrato con efectos desde el 29 de diciembre de
2000 y hasta el 28 de diciembre de 2001, por un importe máximo anual de 211.019.776 pesetas, según las condiciones que se recogen en el contrato.
La facturación y forma de pago se prevé en el Pliego de Cláusulas de Explotación que rige el contrato: La cláusula 16.9 establece que la empresa deberá presentar la factura en el Hospital Virgen del Rocío en las condiciones que recoge la cláusula 5 del Pliego de Prescripciones Técnicas, cláusula que, asimismo, dice en su apartado 5.5 que, una vez revisada la factura, la Dirección de los servicios administrativos del Hospital certificará su conformidad y remitirá los documentos a la unidad encargada de la tramitación administrativa, necesaria para su abono. Siendo el órgano de contratación esta Dirección Gerencia, el reconocimiento de obligaciones y propuesta de pago se realizaría por el titular del órgano competente en los Servicios Centrales del Organismo en Sevilla.
Por otro lado, el Pliego también prevé (cláusulas 6.2 y 6.3) la posibilidad de prórroga de la vigencia del contrato, una vez satisfechos los requisitos establecidos en la legislación vigente, así como la de obligar al contratista a continuar el servicio por razones de interés público durante el tiempo necesario hasta la normalización de un nuevo contrato.
Siendo desde el punto de vista clínico el servicio de Nefrología del Hospital Virgen del Rocío el de referencia de los pacientes, y correspondiendo a la Dirección de este Hospital la remisión de los mismos al Centro para tratamiento, se considera conveniente y oportuno, por razones de eficacia administrativa, agilizar en lo posible el procedimiento de facturación y pago de los servicios debidamente prestados, así como los procedimientos para, en su caso, prorrogar la vigencia del contrato según lo previsto en el mismo.
Por las razones expuestas y en uso de las atribuciones conferidas,
R E S U E L V O
Delegar en el Director Gerente del Hospital Virgen del Rocío el ejercicio de la competencia para, en el ámbito del contrato suscrito el 29 de diciembre de 1997 entre el Servicio Andaluz de Salud y Compañía Andaluza de Medicina Extrahospitalaria, S.A. (Camex, S.A.), para la prestación del servicio de hemodiálisis en Sevilla:
a) Reconocer las obligaciones y formular las propuestas de pago por los servicios prestados, al amparo del citado contrato, según lo establecido en las cláusulas 16.9 del Pliego de Cláusulas de Explotación y 5 del de Prescripciones Técnicas.
b) Prorrogar su vigencia según lo previsto en las cláusulas 6.2 y 6.3 del Pliego de Cláusulas de Explotación.
La presente Resolución tendrá efectos a partir del día 1 de mayo de 2001.
Sevilla, 10 de abril de 2001.- El Director Gerente, Juan Carlos Castro Alvarez.