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En el recurso contencioso-administrativo núm. 945/1997, interpuesto por don Antonio Luis Feijoo Morales, contra Resolución de 7 de enero de 1997 de la Consejería de Trabajo e Industria de la Junta de Andalucía, que desestimó el recurso ordinario interpuesto por don Antonio Luis Feijoo Morales, contra Resolución de la Delegación Provincial de la Consejería de Trabajo e Industria en Jaén, de fecha 8 de julio de 1996, sobre instalación de transformador, confirmando la misma en todos sus términos, se ha dictado sentencia por la Sala de lo Contencioso-Administrativo en Granada, del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con fecha 9 de abril de 2001, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:
«Fallo: Desestima íntegramente el recurso contencioso- administrativo interpuesto por el Procurador don Rafael García de Valdecasas Ruiz, en nombre y representación de don Antonio Luis Feijoo Morales, contra la Resolución del Consejero de Trabajo e Industria de la Junta de Andalucía de fecha 7.1.97, por la que se desestima el recurso ordinario presentado en contra de la Resolución de fecha 8 de julio de 1996, desestimatoria de la autorización del funcionamiento a la instalación de líneas aéreas de alta tensión y centro transformador de 50 Kw anejo a la nave propiedad de la Comunidad de Bienes Ruiz Monje en tanto continúe la situación de peligrosidad actual, por la proximidad no reglamentaria de parte de la línea de alta tensión de la nave, declarado válido por conforme a derecho el acuerdo impugnado; sin expresa imposición de las costas a las partes.¯
Mediante Providencia de fecha 28 de mayo de 2001 se declara firme la sentencia anterior acordándose que se lleve a puro y debido efecto lo resuelto.
En virtud de lo establecido en el artículo 3.º.ª de la Orden de
3 de octubre de 2000, de delegación de competencias y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 118 de la Constitución y 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial y 104 y siguientes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso- Administrativa, he dispuesto el cumplimiento en sus propios términos de la expresada sentencia, así como su publicación en el BOJA.
Sevilla, 11 de junio de 2001.- El Secretario General Técnico, Juan Francisco Sánchez García.
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