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De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por Ley 4/1999, y habida cuenta que encontrándose doña Antonia Maldonado Sánchez ausente de su domicilio, no pudiendo por lo tanto haberle sido practicada notificación por otros medios, se publica por el presente extracto del acto dictado, por considerarse que la notificación íntegra por medio de anuncios lesionaría los derechos inherentes al menor afectado.
Con fecha 15 de mayo del presente, la Delegación Provincial de Asuntos Sociales de Jaén, en el expediente de protección de menores núm. 150/94, adoptó el siguiente Acuerdo:
Según ha venido a establecer el art. 36.4 de la Ley 1/98, de
20 de abril de los Derechos y la Atención al Menor, «La medida de acogimiento residencial podrá ser completada con la estancia de los menores con familias colaboradoras durante fines de semana y períodos vacacionales¯ le informamos que, dentro de las actividades que realiza la menor M.M.M. en el centro donde está internada en acogimiento residencial, se encuentra la de participar en la actividad anteriormente mencionada.
Para el conocimiento del contenido íntegro del acuerdo dictado, doña Antonia Maldonado Sánchez, con último domicilio conocido en Polígono del Valle, Grupo 60 viviendas, Bl..º J de Jaén, podrá comparecer en el plazo de diez días a contar a partir de la presente publicación, en la Delegación Provincial de Asuntos Sociales en Jaén, situada en Paseo de la Estación núm. 19-3.ª planta.
Jaén, 15 de mayo de 2001.- La Delegada, Simona Villar García.
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