Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 95 de 18/08/2001

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Consejería de Asuntos Sociales

ANUNCIO de la Delegación Provincial de Málaga, por el que se publica relación de solicitantes del Programa de Solidaridad a los que no ha sido posible notificar diferentes resoluciones y actos administrativos.

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Resolución estimatoria de la medida de Ingreso Mínimo de Solidaridad, provista en el art. 5, apdo. a), del Decreto

2/1999, de 12 de enero, emitida a los interesados que se relacionan seguidamente:

[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]

Asimismo, se les advierte que la misma no agota la vía administrativa y contra ella cabe interponer recurso de alzada ante el Ilmo. Sr. Director General de Bienestar Social de la Consejería de Asuntos Sociales en el plazo de un mes, a partir de la notificación de la presente Resolución, de conformidad con lo dispuesto en los arts. 107.1, 110, 114 y siguientes de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/99, de 13 de enero.

Resolución denegatoria de la medida de Ingreso Mínimo de Solidaridad, provista en el art. 5, apdo. a), del Decreto

2/1999, de 12 de enero, emitida a los interesados que se relacionan:

[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]

Asimismo, se les advierte que la misma no agota la vía administrativa y contra ella cabe interponer recurso de alzada ante el Ilmo. Sr. Director General de Bienestar Social de la Consejería de Asunto Sociales en el plazo de un mes, a partir de la notificación de la presente Resolución, de conformidad con lo dispuesto en los arts. 107.1, 110, 114 y siguientes de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/99, de 13 de enero.

Resolución de archivo de los expedientes relacionados seguidamente, por aplicación de lo dispuesto en el apartado 1 del art. 71 de la Ley 30/92, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]

Asimismo, se les advierte que la misma no agota la vía administrativa y contra ella cabe interponer recurso de alzada ante el Ilmo. Sr. Director General de Bienestar Social de la Consejería de Asuntos Sociales en el plazo de un mes, a partir de la notificación de la presente Resolución, de conformidad con lo dispuesto en los arts. 107.1, 110, 114 y siguientes de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/99, de 13 de enero.

Málaga, 23 de julio de 2001.- La Delegada, Ana Paula Montero Barquero.

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