Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más
Resolución estimatoria de la medida de Ingreso Mínimo de Solidaridad, provista en el art. 5, apdo. a), del Decreto
2/1999, de 12 de enero, emitida a los interesados que se relacionan seguidamente:
[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]
Asimismo, se les advierte que la misma no agota la vía administrativa y contra ella cabe interponer recurso de alzada ante el Ilmo. Sr. Director General de Bienestar Social de la Consejería de Asuntos Sociales en el plazo de un mes, a partir de la notificación de la presente Resolución, de conformidad con lo dispuesto en los arts. 107.1, 110, 114 y siguientes de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/99, de 13 de enero.
Resolución denegatoria de la medida de Ingreso Mínimo de Solidaridad, provista en el art. 5, apdo. a), del Decreto
2/1999, de 12 de enero, emitida a los interesados que se relacionan:
[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]
Asimismo, se les advierte que la misma no agota la vía administrativa y contra ella cabe interponer recurso de alzada ante el Ilmo. Sr. Director General de Bienestar Social de la Consejería de Asunto Sociales en el plazo de un mes, a partir de la notificación de la presente Resolución, de conformidad con lo dispuesto en los arts. 107.1, 110, 114 y siguientes de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/99, de 13 de enero.
Resolución de archivo de los expedientes relacionados seguidamente, por aplicación de lo dispuesto en el apartado 1 del art. 71 de la Ley 30/92, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]
Asimismo, se les advierte que la misma no agota la vía administrativa y contra ella cabe interponer recurso de alzada ante el Ilmo. Sr. Director General de Bienestar Social de la Consejería de Asuntos Sociales en el plazo de un mes, a partir de la notificación de la presente Resolución, de conformidad con lo dispuesto en los arts. 107.1, 110, 114 y siguientes de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/99, de 13 de enero.
Málaga, 23 de julio de 2001.- La Delegada, Ana Paula Montero Barquero.
Descargar PDF