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Doña Catalina López Aradilla, con domicilio en C/ Benjumeda, núm. 38-2, de Cádiz.
Motivo: Cancelación de inscripción en el Registro de Prohibidos. Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponer recurso de alzada en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente de su notificación, con los requisitos señalados en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por Ley 4/1999 de 13 de enero, ante el Excmo. Sr. Consejero de Gobernación de la Junta de Andalucía.
Cádiz, 24 de julio de 2001.- El Delegado, José Antonio Gómez Periñán.
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