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A N U N C I O
El Sr. Alcalde-Presidente, por resolución de 4 de julio de
2002, ha aprobado las siguientes bases de convocatoria para selección de personal laboral:
I. NORMAS GENERALES
Primera. Es objeto de la presente convocatoria la provisión de una plaza de Técnico/a de la Oficina de Turismo, en régimen laboral de duración indefinida, mediante el sistema de oposición, en turno libre.
Esta plaza está dotada con las retribuciones correspondiente al Grupo II del vigente Convenio Colectivo para el personal laboral al servicio del Ayuntamiento.
II. REQUISITOS DE LOS/AS ASPIRANTES
Segunda. Para ser admitidos/as a la realización de las pruebas selectivas, los/as aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
a) Ser español, o nacional de uno de los restantes Estados miembros de la Unión Europea; o de aquellos Estados a los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores según los Tratados Internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificado por España; o ser cónyuge de alguno de los casos anteriores, siempre que no estén separados de derecho, así como sus descendientes y los de su cónyuge, siempre que no estén separados de derecho, menores de 21 años o mayores de esa edad que vivan a sus expensas.
b) Tener cumplidos dieciocho años de edad, y no exceder de aquélla en que falten menos de diez años para la jubilación por edad.
c) No padecer enfermedad ni defecto físico que impida el normal ejercicio de las funciones a desempeñar.
d) No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado/a para el ejercicio de funciones públicas.
e) Estar en posesión del título de Diplomado en Turismo o equivalente, así como del Certificado de Ciclo Elemental de Inglés.
Tercera. Los requisitos establecidos en la base segunda deberán poseerse en el momento de finalizar el plazo de presentación de solicitudes.
Cuarta. Las personas con minusvalías serán admitidas en igualdad de condiciones con los/as aspirantes sin que se establezcan exclusiones por limitaciones psíquicas o físicas, sino en los casos en que sean incompatibles con el desempeño de las tareas o funciones correspondientes.
Para estas personas, cuando previamente lo hayan solicitado en la instancia, el Tribunal adaptará, en lo posible, el tiempo y medios de realización de los ejercicios, de forma que gocen de igualdad de oportunidades.
III. SOLICITUDES
Quinta. Las instancias manifestando que se reúnen todos los requisitos deberán dirigirse al Sr. Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Morón de la Frontera en el plazo de veinte días naturales a partir del siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria de las plazas en el Boletín Oficial del Estado. Se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento o en cualquiera de las Oficinas de Correos en la forma establecida en el artículo 38 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Sexta. El impreso de solicitud, debidamente cumplimentado, se presentará con el justificante de ingreso de la cantidad de 35 euros en concepto de derechos para participar en proceso de selección de personal o, en su defecto, se acompañará el resguardo del giro postal, telegráfico o transferencia de su abono. En todo caso, en la solicitud deberá figurar la
expresión que el interesado o interesada reúne todos y cada uno de los requisitos necesarios y que acepta las presentes bases.
Séptima. En ningún caso el pago de la cantidad que
corresponda en concepto de participación en procesos de selección de personal supondrá sustitución del trámite de presentación en tiempo y forma de la solicitud.
IV. ADMISION DE ASPIRANTES
Octava. Terminado el plazo de presentación de instancias, el Sr. Alcalde dictará Resolución declarando aprobada la lista de admitidos/as y excluidos/as. En dicha Resolución, que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia y tablón de edictos de este Ayuntamiento, se determinarán el lugar, fecha y hora de comienzo de las pruebas, así como la composición del Tribunal.
Los/as aspirantes excluidos/as dispondrán de un plazo de diez días, contados a partir del siguiente al de la publicación de la Resolución, para poder subsanar el defecto que haya motivado la exclusión.
V. TRIBUNAL CALIFICADOR
Novena. El Tribunal Calificador estará constituido de la siguiente forma:
Presidente: El de la Corporación o miembro de la misma en quien delegue.
Secretario: El Secretario de la Corporación o funcionario en quien delegue, con voz y sin voto.
Vocales:
- Un Técnico designado a propuesta del Comité de Personal laboral.
- Un representante designado por la Junta de Andalucía.
- Un representante del Profesorado Oficial.
- Un representante de la Corporación.
El Tribunal actuará válidamente cuando concurran el
Presidente, Secretario y dos vocales.
Según lo dispuesto en la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, el Secretario asistirá con voz y sin voto.
En todos los casos los vocales deberán poseer titulación o especialización iguales o superiores a las exigidas para el acceso a las plazas.
Décima. Los miembros del Tribunal Calificador deberán
abstenerse de intervenir y los aspirantes podrán recusar a aquéllos cuando concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Undécima. Cuando lo considere conveniente, el Tribunal podrá recabar la colaboración de asesores expertos en la materia de que se trate.
VI. SISTEMA DE SELECCION
Duodécima. El procedimiento de selección será el de oposición y constará de los siguientes ejercicios.
Ejercicios de la oposición:
Primer ejercicio: Consistirá en una redacción en inglés, acerca de un tema libremente elegido por el Tribunal antes de la celebración del ejercicio, durante un período máximo de una hora.
Segundo ejercicio: Consistirá en desarrollar por escrito, en un período máximo de dos horas, dos temas extraídos a la suerte, de entre los comprendidos en las materias específicas del programa anexo.
Tercer ejercicio: De carácter práctico, consistirá en
desarrollar por escrito, en el tiempo máximo de tres horas, la redacción, con propuesta de resolución, sobre dos supuestos prácticos que planteará el Tribunal inmediatamente antes del comienzo del ejercicio.
Inmediatamente antes del comienzo del ejercicio, el Tribunal comunicará a los aspirantes los textos legales o colecciones de Jurisprudencia que pudieran, en su caso, utilizar.
En este ejercicio se valorará fundamentalmente la capacidad de raciocinio, la sistemática en el planteamiento y la formulación de conclusiones y el conocimiento y adecuada interpretación de la normativa aplicable.
Decimotercera. Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único, salvo casos justificados de fuerza mayor apreciada por el Tribunal.
Decimocuarta. Los ejercicios serán eliminatorios y
calificados hasta un máximo de 10 puntos, siendo eliminados los/as aspirantes que no alcancen un mínimo de 5 puntos en cada uno.
Una vez comenzados los ejercicios, los anuncios de celebración de las pruebas, así como las calificaciones, se harán públicos, el mismo día en que se acuerden, únicamente en el tablón municipal de anuncios.
La calificación de la fase de oposición será la suma de las puntuaciones obtenidas en los ejercicios citados.
Decimosexta (sin contenido).
Decimoséptima. Una vez terminada la calificación de los aspirantes, el Tribunal hará pública en el tablón de anuncios de esta Corporación la puntuación del aspirante seleccionado.
Si el Tribunal apreciara que los aspirantes no reúnen las condiciones mínimas necesarias para desempeñar idóneamente el puesto, podrá declarar desierta la plaza objeto de esta oposición.
El Tribunal en ningún caso propondrá mayor número de aspirantes que el de plazas convocadas, no suponiendo, bajo ningún concepto, que las puntuaciones obtenidas sean las que fueren, otorguen ningún derecho a los aspirantes, salvo al propuesto por el Tribunal.
VII. PRESENTACION DE DOCUMENTOS
Decimoctava. El aspirante propuesto presentará en el
Departamento de Personal, en el plazo de 20 días naturales desde que se haga público el nombre de la persona seleccionada, los documentos acreditativos de los requisitos exigidos en la base 2 de la convocatoria.
Si dentro del plazo indicado, y salvo causa de fuerza mayor, no presentase la documentación o del examen de la misma se dedujere que carece de alguno de los requisitos señalados en la base 2, no podrá ser contratado, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que haya podido incurrir por falsedad en la solicitud.
En caso de que el aspirante propuesto para ser contratado no cumpliese alguno de los requisitos o renunciase a su
contratación, será en su lugar propuesto el siguiente que, habiendo superado los ejercicios, no hubiese sido propuesto por existir otro candidato con una puntuación superior.
Decimonovena. Transcurrido el plazo de presentación de
documentos, el Alcalde procederá a la contratación del
aspirante propuesto en el plazo de veinte días, una vez que haya acreditado documentalmente las condiciones exigidas en la base segunda de la convocatoria.
Vigésima. El contrato laboral será por tiempo indefinido, una vez superado el período de prueba de un mes.
VIII. NORMAS GENERALES
Vigésima primera. En lo no previsto en las bases de la
presente convocatoria, se estará a lo dispuesto en la
legislación de Régimen Local y Administrativa aplicable al caso.
Vigésima segunda. En el desarrollo del proceso selectivo, el Tribunal resolverá las cuestiones que surjan en la aplicación de las normas establecidas en estas bases.
Vigésima tercera. La convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de ésta y de las actuaciones del Tribunal podrán ser impugnados por los interesados en los casos y en la forma establecidos en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
ANEXO I
GRUPO I. MATERIAS COMUNES
Tema 1. El Estado. Concepto. Elementos. Formas de Estado. La división de poderes. Relaciones entre los poderes del Estado.
Tema 2. La Constitución Española de 1978. Principios generales. Derechos y deberes fundamentales de los españoles.
Tema 3. Organización territorial del Estado. Los Estatutos de Autonomía: Su significado. Especial referencia al Estatuto de Autonomía de Andalucía.
Tema 4. Sometimiento de la Administración a la Ley y al Derecho. Fuentes del Derecho Público. La Ley: Sus clases.
Tema 5. El acto administrativo. Concepto. Elementos.
Tema 6. Principios generales del procedimiento administrativo. Normas reguladoras. Dimensión temporal del procedimiento administrativo. Días y horas hábiles; cómputo de plazos. Recepción y registro de documentos.
Tema 7. Fases del procedimiento administrativo general. El silencio administrativo.
Tema 8. La Función Pública Local y su organización.
Tema 9. Derechos y deberes del personal al servicio de la Administración Local. Incompatibilidades. Régimen
disciplinario.
Tema 10. La responsabilidad de la Administración Pública.
Tema 11. El municipio. El término municipal. Organización municipal. Competencias.
Tema 12. Haciendas Locales: Clasificación de los ingresos. Ordenanzas Fiscales.
GRUPO II. MATERIAS ESPECIFICAS
Tema 1. Ley 12/99, del Turismo de Andalucía.
Tema 2. Competencias estatales y de la Comunidad Autónoma en materia de turismo. Desarrollo de las competencias en
Andalucía.
Tema 3. Competencias de las Entidades Locales en materia de turismo. Municipios turísticos.
Tema 4. El papel de las Administraciones Públicas en la promoción y comercialización turística. Los Centros de
iniciativas turísticas. El Consejo Regional de Turismo en Andalucía.
Tema 5. Ordenación Turística de Restaurantes, Cafeterías y Bares.
Tema 6. Ordenación de los establecimientos hoteleros de Andalucía.
Tema 7. Ordenación de los campamentos de turismo de Andalucía.
Tema 8. Ordenación de agencias de viaje.
Tema 9. Ordenación de las guías de turismo en Andalucía.
Tema 10. La inspección turística y procedimiento sancionador.
Tema 11. Fiestas de interés turístico. Ordenación.
Tema 12. La convergencia económica. La moneda única. El euro: Calendario de implantación. Incidencia en las empresas
turísticas.
Tema 13. Introducción al turismo: Conceptos y definiciones. Formas de turismo.
Tema 14. Orígenes y evolución histórica del turismo.
Tema 15. Evolución del sector turístico en Andalucía y
perspectiva de futuro.
Tema 16. El turismo como sector económico. La sociedad del ocio. Efectos socioculturales del turismo.
Tema 17. Las estadísticas en materia de turismo.
Tema 18. La demanda turística. Factores. Componentes
sociológicos. Evolución. Tendencias turísticas emergentes: El ecoturismo; el turismo rural y el turismo urbano.
Tema 19. Los recursos turísticos.
Tema 20. La oferta turística. Productos turísticos generales y especializados.
Tema 21. El turismo activo, definición y características. Situación y posibilidades de desarrollo de Andalucía.
Tema 22. El turismo de salud, definición y características. Situación y posibilidades de desarrollo de Andalucía.
Tema 23. El turismo cultural, definición y características. Situación y posibilidades de desarrollo de Andalucía.
Tema 24. El turismo gastronómico, definición y características. Situación y posibilidades de desarrollo de Andalucía.
Tema 25. El turismo de naturaleza, definición y
características. Situación y posibilidades de desarrollo de Andalucía.
Tema 26. El turismo rural, definición y características. Situación y posibilidades de desarrollo de Andalucía.
Tema 27. Las oficinas de información turística: Organización y funcionamiento. La información en las oficinas de información turística.
Tema 28. Las Ferias de Turismo. Características. Las ferias de turismo como elemento promocional de la oferta turística.
Tema 29. Historia de Andalucía: Prehistoria, Epoca romana y Epoca musulmana.
Tema 30. Historia de Andalucía: Epoca musulmana.
Tema 31. Historia de Andalucía: De la Edad Moderna hasta nuestros días.
Tema 32. Turismo religioso en Andalucía.
Tema 33. Bienes de interés cultural de la provincia de Sevilla. Legislación y categorías.
Tema 34. Rutas turísticas por Andalucía.
Tema 35. Líneas de comunicación en/hacia Andalucía. Tipos de transporte.
Tema 36. Folclore andaluz. Mitos y leyendas. El traje regional.
Tema 37. Ferias y Fiestas. Música y bailes populares. Fiestas de interés turístico.
Tema 38. Otras manifestaciones artísticas. Música y Literatura en Andalucía.
Tema 39. El flamenco.
Tema 40. Historia de Morón. Desarrollo económico de la ciudad.
Tema 41. El término municipal de Morón. Extensión. Clima. Orografía. Casco urbano. Patrimonio Natural y Cultural.
Tema 42. Fiestas de Morón de la Frontera. Elementos culturales y otras manifestaciones artísticas.
Tema 43. Los Ayuntamientos como empresas de servicios.
Tema 44. La planificación y organización de
programas/proyectos.
Tema 45. Eficacia, eficiencia y productividad.
Tema 46. La calidad en los servicios públicos.
Tema 47. Cultura participativa.
Tema 48. Comunicación y atención al ciudadano.
Lo que se hace público para general conocimiento.
Morón de la Frontera, 5 de julio de 2002.- El Alcalde, José Párraga Mendoza.
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