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Es competencia de la Consejería de Salud de la Junta de Andalucía, a través del Servicio Andaluz de Salud, proporcionar la asistencia sanitaria adecuada, así como promover todos aquellos aspectos relativos a la mejora de las condiciones, en cumplimiento de lo previsto en el artículo de la Ley General de Sanidad.
En este sentido, el Delegado Provincial de la Consejería de Salud de Córdoba solicita delegación de competencias para la firma de un Convenio de Colaboración con el Excmo. Ayuntamiento de Hinojosa del Duque (Córdoba) para la ejecución de obras de reforma, instalación de un ascensor y dotación de equipamiento en el Centro de Salud de esa localidad, en orden a mejorar las prestaciones sanitarias de la población residente en su término municipal.
Las actuaciones a subvencionar consisten en la ejecución de obras de reforma, instalación de un ascensor y dotación de equipamiento en el Centro de Salud de Hinojosa del Duque (Córdoba), por un importe de cuarenta y ocho mil ochenta euros con noventa y siete céntimos (48.080,97 E).
En consecuencia, en el ejercicio de las competencias de representación legal del Organismo que me atribuyen el artículo
69 de la Ley 2/1998, de 15 de junio, de Salud de Andalucía, y el artículo 11 del Decreto 245/2000, de 31 de mayo, por el que se establece la Estructura Orgánica Básica de la Consejería de Salud y del Servicio Andaluz de Salud, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 13.1 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,
R E S U E L V O
Primero. Delegar en el Delegado Provincial de la Consejería de Salud de Córdoba, la competencia para la firma de un Convenio de Colaboración con el Excmo. Ayuntamiento de Hinojosa del Duque (Córdoba) para la ejecución de obras de reforma, instalación de un ascensor y dotación de equipamiento en el Centro de Salud de esa localidad, por un importe de cuarenta y ocho mil ochenta euros con noventa y siete céntimos (48.080,97
E), en orden a mejorar las prestaciones sanitarias de la población residente en su término municipal.
Segundo. La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 20 de agosto de 2002.- El Director Gerente, P.D.F. (Res. 6/2002 de 19.2), El Director General de Gestión Económica, Francisco Fontenla Ruiz.
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