Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 113 de 26/09/2002

3. Otras disposiciones

Consejería de Justicia y Administración Pública

DECRETO 213/2002, de 23 de julio, por el que se modifica parcialmente la relación de puestos de trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía correspondiente a la Consejería de Asuntos Sociales.

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El presente Decreto tiene por objeto la modificación de la relación de puestos de trabajo correspondiente a determinados centros de prestación de servicio de la Consejería de Asuntos Sociales, al objeto de adaptar su plantilla a las necesidades reales que se derivan de la demanda de los servicios prestados y de la capacidad de los centros.

A éstos efectos se recoge en ésta modificación de la relación de puestos de trabajo la ampliación de los recursos de centros de menores y de tercera edad, así como de diversas guarderías, en particular de la provincia de Jaén, a lo que se añade otra modificación que afecta a la Secretaría General Técnica.

Asimismo, en aplicación del artículo 8.3.d) del V Convenio Colectivo del Personal Laboral de la Junta de Andalucía, se ha procedido a la negociación con la Comisión del Convenio.

En su virtud, conforme a lo previsto en el artículo 4.2.g) de la Ley 6/1985, de 28 de noviembre, de Ordenación de la Función Pública de la Junta de Andalucía así como en el artículo 10.2 del Decreto 390/1986, de 10 de diciembre, por el que se regula la elaboración y aplicación de la relación de puestos de trabajo; a propuesta de la Consejera de Justicia y Administración Pública, previo informe favorable de la Consejería de Economía y Hacienda, y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión del día 23 de julio de 2002.

D I S P O N G O

Artículo único. Modificación parcial de la relación de puestos de trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía correspondiente a la Consejería de Asuntos Sociales.

Se aprueba la modificación parcial de la relación de puestos de trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía correspondiente a la Consejería de Asuntos Sociales, de acuerdo con el Anexo al presente Decreto.

Disposición adicional única. Modificación presupuestaria. Por la Consejería de Economía y Hacienda se realizarán las modificaciones presupuestarias necesarias para dar cumplimiento a lo previsto en el presente Decreto, conforme al procedimiento establecido.

Disposición final única. Entrada en vigor. El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 23 de julio de 2002

MANUEL CHAVES GONZALEZ

Presidente de la Junta de Andalucía

CARMEN HERMOSIN BONO

Consejera de Justicia y Administración Pública

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