Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 120 de 15/10/2002

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Consejería de Asuntos Sociales

RESOLUCION de 13 de septiembre de 2002, de la Delegación Provincial de Sevilla, dictada en el expediente 01/41/0151 sobre protección de menores, por la que se acuerda proceder a la conclusión y archivo del expediente de protección del menor que se cita.

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Núm. expte.: 01/41/151.

Nombre y apellidos: Don Pedro Torres Regel. Contenido del acto.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y habida cuenta que encontrándose don Pedro Torres Regel en ignorado paradero, no pudiendo, por tanto, haberle sido practicada notificación por otros medios, se publica extracto del acto dictado, por considerarse que la notificación íntegra por medio de anuncios lesionaría los derechos inherentes al menor afectado.

Con fecha 13 de septiembre de 2002, la Delegación Provincial de Asuntos Sociales de Sevilla, en el expediente de protección de menores 01/41/151, dictó resolución acordando:

- Proceder a la conclusión y archivo del expediente de protección incoado por esta Entidad Pública al menor P.T.S., por no ser precisa la adopción de medida de protección respecto al mismo.

- Para conocimiento del contenido íntegro de la Resolución dictada, don Pedro Torres Regel, en paradero desconocido, podrá comparecer en la Delegación Provincial de Asuntos Sociales en Sevilla, sita en C/ Luis Montoto núm., 3.ª planta.

- Contra esta Resolución podrá formularse oposición ante el Juzgado de Primera Instancia (Familia) de esta capital y por los trámites establecidos en los artículos 779 y siguientes de la LEC, sin perjuicio de poder formular, con carácter potestativo, reclamación previa ante el Excmo. Sr. Consejero de Asuntos Sociales, de conformidad con lo establecido en los artículos 120 y sgtes. de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/99, de 13 de enero, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en relación con el artículo 49, ap. 4, de la Ley 6/83, de 21 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma.

- Para la formulación de la citada oposición ante el Juzgado de Primera Instancia, los interesados podrán solicitar ante el Ilustre Colegio de Abogados de esta ciudad el reconocimiento del derecho a la asistencia jurídica gratuita regulado en la Ley 1/996, de 10 de enero, el cual comprende, entre sus prestaciones, la defensa y representación gratuita por el Abogado y Procurador en el procedimiento judicial cuando la intervención de estos profesionales sea legalmente preceptiva, como ocurre en el presente supuesto. Si el solicitante cumpliera los requisitos que para ello establece la citada Ley, se le reconocerá tal derecho de gratuidad. En caso contrario estará obligado a abonar los honorarios y derechos económicos ocasionados por la intervención de los profesionales designados.

Sevilla, 13 de septiembre de 2002.- El Delegado, Francisco Obregón Rojano.

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