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Con fecha 10 de diciembre de 1997 se dictó la Orden por la que se dispone el cumplimiento, en sus propios términos, de la sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, sede de Sevilla, en el recurso número 2535/94, Sección Cuarta, cuyo contenido se reproduce a continuación:
«Con fecha 5 de febrero de 1997, la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, sede de Sevilla, en el recurso núm.
2535/94, interpuesto por don Francisco Martínez Planells contra la Orden del Consejero de Agricultura y Pesca, de 24 de mayo de
1994, que aprueba el proyecto de Calificación de tierras de la Zona Regable del Chanza, Subzona Oeste, Sectores 10 al 18, calificándose las tierras del recurrente como tierra de exceso
8,44 hectáreas, ha dictado sentencia cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:
"Fallamos que estimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por don Francisco Martínez Planells contra la Orden impugnada a que se refiere el primero de los Fundamentos de Derecho de esta sentencia, la anulamos en cuanto afecta a las
8,44 ha, propiedad del demandante, por no ajustada al ordenamiento jurídico en el particular impugnado. Y revocamos la calificación dada a la misma, otorgándole la consideración de tierras de reserva especial, tal como se solicitó en el expediente administrativo. Sin costas."
En consecuencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 118 de la Constitución Española; 17.2 de la Ley
6/1985, de 1 de julio, Orgánica del Poder Judicial, y 103 y siguientes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa,
HE RESUELTO
Cumplir en sus propios términos la citada sentencia, de acuerdo con lo ordenado por la Sala.¯
Sevilla, 3 de octubre de 2002
PAULINO PLATA CANOVAS
Consejero de Agricultura y Pesca
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