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De conformidad con lo establecido en el artículo 10.2 de la Orden de 24 de julio de 1996, por la que se regula el procedimiento para la determinación de las zonas que tengan la condición de gran afluencia turística a efectos de horarios comerciales, se hace público que, por Resolución de la Consejería de Economía y Hacienda de fecha 22 de julio de 2002, se declara el término municipal de Garrucha (Almería) zona de gran afluencia turística a efectos de horarios comerciales, teniendo los establecimientos ubicados en el término municipal libertad horaria durante los siguientes períodos:
a) Semana Santa, comprendiendo desde el Domingo de Ramos hasta el Sábado Santo, ambos incluidos, de los años 2003, 2004 y 2005.
b) Desde el 1 de julio al 15 de septiembre, ambos incluidos, de los años 2003, 2004 y 2005.
Sevilla, 4 de octubre de 2002.- La Directora General, M.ª Dolores Izquierdo Losada.
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