Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 13 de 31/01/2002

3. Otras disposiciones

Consejería de Economía y Hacienda

DECRETO 287/2001, de 26 de diciembre, por el que se acepta la donación a la Comunidad Autónoma de Andalucía, por el Ayuntamiento de Benamocarra (Málaga), de una parcela sita en el Pago del Rosal de la citada localidad, con destino a la construcción de un Centro de Enseñanza Secundaria, y se adscribe a la Consejería de Educación y Ciencia.

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Por el Ayuntamiento de Benamocarra (Málaga) fue ofrecida a la Comunidad Autónoma de Andalucía una parcela ubicada en el Pago del Rosal de dicho municipio, segregada de la finca «La Loma del Rosal¯, con destino a la construcción de un Centro de Enseñanza Secundaria.

Por la Consejería de Educación y Ciencia se considera de interés la aceptación de la referida donación, que permitirá incrementar la dotación para escolarización secundaria.

En su virtud, a propuesta de la Consejera de Economía y Hacienda, y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en reunión celebrada el 26 de diciembre de 2001,

D I S P O N G O

Primero. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 80 de la Ley 4/1986, de 5 de mayo, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, se acepta la donación ofrecida por el Ayuntamiento de Benamocarra (Málaga) de la siguiente finca:

Tierra sita en el Pago del Rosal, término de Benamocarra, perteneciente a la finca Loma del Rosal, con superficie de

7.500 m. Linda: Norte, Camino del Rosal; Sur, terrenos del Plan Parcial UR-1; Este, calle en proyecto del referido Plan; y, Oeste, finca matriz.

Consta inscrita en el Registro de la Propiedad de Vélez-Málaga núm. 2, a favor del Ayuntamiento de Benamocarra, al folio 189 del tomo 1.083, libro 27, finca 2.097.

Segundo. De acuerdo con lo dispuesto por el artículo 27.4 de la Ley 7/1999, de 29 de septiembre, de Bienes de las Entidades Locales de Andalucía, la donación objeto de este Decreto se formalizará en escritura pública que será inscrita en el Registro de la Propiedad.

En cumplimiento de lo previsto por el artículo 14 de la Ley

4/1986, se tomará razón en el Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de Andalucía de la finca donada, que se adscribe a la Consejería de Educación y Ciencia con destino a la construcción de un Centro de Enseñanza Secundaria.

Tercero. Por la Consejería de Economía y Hacienda, a través de la Dirección General de Patrimonio, se llevarán a cabo los trámites necesarios para la efectividad de cuanto dispone el presente Decreto.

Sevilla, 26 de diciembre de 2001

MANUEL CHAVES GONZALEZ

Presidente de la Junta de Andalucía

MAGDALENA ALVAREZ ARZA

Consejera de Economía y Hacienda

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