Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más
Esta disposición incluye elementos no textuales, que no se muestran en esta página. Para visualizarlos, consulte la versión en PDF.
En sentencia dictada en autos número 366/2001, por el Juzgado núm. Uno de lo Social de la Audiencia Provincial de Huelva, se reconoce la categoría de Oficial 1.ª Oficios a los demandantes don Antonio Ignacio Jiménez Vázquez y don Francisco Pereira Rosa, ambos personal laboral fijo de la Administración General de la Junta de Andalucía, con destino en el CICEM «Agua del Pino¯ de Cartaya (Huelva) y categoría profesional Oficial
2.ª Oficios y peón especializado, respectivamente.
Por Orden de la Consejera de Justicia y Administración Pública de 13 de junio de 2002, se dispone el cumplimiento de la referida sentencia, que implica la modificación de la relación de puestos de trabajo, la cual se aprueba mediante la presente Orden.
Por otra parte la Orden de 24 de septiembre de 2002, por la que se dispone el cumplimiento de la sentencia dictada por la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Granada, de 17 de junio de 2002, en el recurso de apelación interpuesto por doña Virginia Jiménez Díaz, núm. 118/01, dimanante del recurso contencioso-administrativo núm. 162/00, implica a su vez la modificación de la relación de puestos de trabajo, a los efectos de introducir el factor de peligrosidad- penosidad del complemento específico en la plaza ocupada por aquélla, declarándose no obstante a extinguir la aplicación de dicha configuración del complemento.
En virtud de lo antedicho y de lo dispuesto en el punto h) del Decreto 254/1999, de 27 de diciembre, por el que se modifica el artículo 10.1 del Decreto 390/1996, de 10 de diciembre, por el que se regula la elaboración y aplicación de la relación de puestos de trabajo,
D I S P O N G O
Artículo único. Modificación de la relación de puestos de trabajo.
Se modifica la relación de puestos de trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía correspondiente a la Consejería de Agricultura y Pesca, en los términos indicados en el Anexo a la presente Orden.
Disposición final única. Entrada en vigor. La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, si bien los efectos económicos y administrativos derivados de la misma serán los exigidos por el cumplimiento de las sentencias objeto de ésta.
Sevilla, 10 de octubre de 2002
CARMEN HERMOSIN BONO
Consejera de Justicia y Administración Pública
Descargar PDF