Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 132 de 12/11/2002

5. Anuncios5.2 Otros anuncios

Consejería de Asuntos Sociales

RESOLUCION de 22 de octubre de 2002, de la Delegación Provincial de Sevilla, Comisión Provincial de Medidas de Protección, dictada en los expedientes núms. 1996/41/00548 y 0549, sobre protección de menores, por la que se acuerda declarar la situación legal de desamparo y constituir el acogimiento familiar permanente de los/as menores que se citan.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

Núm. exptes.: 1996/41/0548 y 0549.

Nombres y apellidos: Don José Ramón Rojas Carroza y doña Angela Giles Flores.

Contenido del acto: De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y habida cuenta que encontrándose don José Ramón Rojas Carroza y doña Angela Giles Flores en ignorado paradero, no pudiendo, por tanto, haberles sido practicada notificación por otros medios, se publica extracto del acto dictado, por considerarse que la notificación íntegra por medio de anuncios lesionaría los derechos inherentes a los/as menores afectados/as.

Con fecha 22 de octubre de 2002, la Comisión Provincial de Medidas de Protección de la Delegación de Asuntos Sociales de Sevilla, en los expedientes de protección de menores

1996/41/0548 y 0549, dictó resolución acordando:

1.º Declarar la situación legal de desamparo de los/as menores N.R.G. y R.R.G., nacidos/as en Sevilla los días 21 de septiembre de 1989 y 12 de noviembre de 1990, respectivamente, y sobre la base de tal declaración asumir, en su condición de Entidad Pública de protección de menores, la tutela de dichos/as menores.

2.º Constituir el acogimiento familiar de los/as menores mediante la suscripción del documento de formalización de dicho acogimiento familiar, al que prestarán su consentimiento los/as menores si tienen doce años cumplidos, su madre, su padre o tutor, y las personas seleccionadas a tal efecto, don Juan Rojas Cortés y doña María Carroza Cádiz.

3.º Caso de que el padre, la madre o el tutor de los/as menores no consienten o se opongan, se constituye dicho acogimiento familiar de forma provisional, a la vez que se acuerda presentar ante el Juzgado de Primera Instancia (Familia) competente la oportuna propuesta de constitución judicial de dicho acogimiento familiar; propuesta que deberá presentarse judicialmente de manera inmediata y, en todo caso, en el plazo de máximo 15 días desde la constitución del acogimiento provisional.

4.º Mantener como régimen de relaciones familiares de los/as menores el que en interés de los/as mismos/as y función de sus circunstancias socio-familiares se determine, el cual se mantendrá mientras esta Entidad pública u órgano judicial competente no estime oportuna su modificación.

Para conocimiento del contenido íntegro de la Resolución dictada, don José Ramón Rojas Carroza y doña Angela Giles Flores, en paradero desconocido, podrán comparecer en la Delegación Provincial de Asuntos Sociales en Sevilla, sita en C/ Luis Montoto, núm. 89, 3.ª planta.

Se les significa que contra la misma podrá formularse oposición ante el Juzgado de Primera Instancia (Familia) de esta capital, y por los trámites establecidos en los arts. 779 y ss. de la LEC, sin que sea necesario formular reclamación previa en vía administrativa, de conformidad con lo establecido en el artículo 780 de la citada Ley procesal.

Sevilla, 22 de octubre de 2002.- El Delegado, Francisco Obregón Rojano.

Descargar PDF