Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 136 de 21/11/2002

3. Otras disposiciones

Consejería de Justicia y Administración Pública

RESOLUCION de 28 de octubre de 2002, de la Delegación Provincial de Jaén, sobre solicitudes de subvención presentadas por los Ayuntamientos de la provincia al amparo de la Orden que se cita.

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Vista la Orden de 18 de enero de 2002 (BOJA de 12.2.2002, núm. 18) por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones a los Ayuntamientos andaluces para la mejora de la infraestructura y gastos de equipamiento de los Juzgados de Paz, y se efectúa su convocatoria para el año 2002.

Conforme a lo dispuesto en el art. 1 de la indicada Orden, recibidas solicitudes de subvención, entre otros, de los Ayuntamientos relacionados en el Anexo I, dentro del plazo establecido en el art. 6 de la misma y, cumpliéndose los requisitos de tramitación, así como los plazos de resolución inicialmente previstos y la ampliación efectuada por la Orden de fecha 1.7.2002 (BOJA de 20.7.2002, núm. 85), atendidos los criterios de valoración establecidos y las disponibilidades presupuestarias.

En base a lo establecido en el Título VIII de la Ley 5/1983, de

19 de julio, General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía; Decreto 254/2001, de 20 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento regulador de los procedimientos de concesión de subvenciones y ayudas públicas por la Administración Autonómica y sus Organismos Autónomos y su régimen jurídico; el art. 18 de la Ley del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2002, el art. 10 de la mencionada Orden de 18 de enero de 2002 y en la de 28 de junio de 2002 (BOJA de 30.7.2002, núm. 89),

RESUELVO

Primero. Conceder a las Entidades Locales que se citan mediante anexo a la presente una subvención por el importe que se señala para cada una de ellas y para la finalidad que igualmente se indica, con cargo a la aplicación presupuestaria

0.1.12.00.01.23.76100.14B. 0, proyecto 2001/230841 del presupuesto de la Delegación Provincial de la Consejería de Justicia y Administración Pública en Jaén.

Las subvenciones concedidas se imputarán al ejercicio económico del año 2002.

Segundo. Las subvenciones concedidas deberán ser aplicadas a la realización de las actuaciones para las que han sido otorgadas. El plazo de ejecución de las mismas será de seis meses, contados a partir de la fecha de materialización efectiva del pago.

Tercero. El abono de las subvenciones se realizará en un único pago por el importe total de las mismas.

Cuarto. La justificación se realizará ante el órgano concedente, en la forma establecida en el art. 14 de la Orden de 18 de enero de 2002, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones a los Ayuntamientos andaluces para la mejora de la infraestructura y gastos de equipamiento de los Juzgados de Paz, y se efectúa su convocatoria para el año 2002.

Quinto. Las obligaciones de los beneficiarios de las subvenciones concedidas por la resolución que se dicta, así como, en su caso, el reintegro de las cantidades percibidas, se regularán por lo dispuesto en los artículos 13 y 18 de la Orden y 105 y 112 de la Ley 5/1983, de 19 de julio, General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Sexto. Toda alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de la subvención y, en todo caso, la obtención concurrente de subvenciones o ayudas otorgadas por otras Administraciones o Entes públicos o privados, nacionales o internacionales, podrá dar lugar a la modificación de la resolución.

Séptimo. La presente Resolución, que pone fin a la vía

administrativa, en su texto íntegro, se encuentra publicada en el tablón de anuncios de la Delegación Provincial de Jaén, de la Consejería de Justicia y Administración Pública, Paseo de la Estación, 30, 9.ª planta, en los términos de los artículos

59.5.b) y 60 de la vigente Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y contra la misma se podrá interponer recurso

potestativo de reposición, ante este órgano, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a su publicación, o interponer directamente el recurso contencioso-administrativo ante los correspondientes órganos judiciales de este orden, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de notificación del acto, todo ello de conformidad con lo

establecido en los arts. 116 y 117 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso- Administrativa.

Jaén, 28 de octubre de 2002.- El Delegado, Celso J. Fernández Fernández.

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