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Habiéndose detectado error en el texto de la Orden de 30 de julio de 2002 por la que se concede una subvención a la Unión de Consumidores de Andalucía -UCE- para la financiación del Programa de actividades en materia de Transportes y vivienda, publicada en BOJA número 99, de fecha 24 de agosto de 2002, procede su rectificación en los términos que a continuación se indican:
En el punto Tercero donde dice: «La subvención se hará efectiva mediante un primer libramiento, sin previa justificación, por el 75% del importe previsto para el presente ejercicio, a la publicación de la Orden.¯
Debe decir: «La subvención se hará efectiva mediante un primer libramiento, sin previa justificación, por el 75% de la totalidad de la subvención, a la publicación de la Orden¯.
Sevilla, 23 de octubre de 2002
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