Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 137 de 23/11/2002

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Consejería de la Presidencia

ANUNCIO del Instituto Andaluz de la Mujer, por el que se notifican resoluciones administrativas sobre procedimientos de reintegro de subvenciones que no han podido ser notificadas a las personas interesadas.

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En aplicación de lo prevenido en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se notifica a quienes seguidamente se menciona, que por este Instituto, en las fechas que se señalan, se adoptaron las resoluciones cuyo contenido se indica someramente a continuación, las cuales no han podido ser notificadas en la forma prevista en los apdos. 1 y 2 del referido art. 59 por las causas que también se expresan:

1.º Interesada: Asociación de Mujeres Unión de Empresarias (Campanillas/Málaga) (G-29778354), cuyo domicilio conocido fue Bic-Euronova, Parq. Tecnol. Andalucía de Campanillas (Málaga).

- Fecha de la resolución: 2 de septiembre de 2000.

- Contenido: Se declara el incumplimiento de la obligación de justificar el empleo de la subvención que se concedió a la Asociación de Mujeres Unión de Empresarias (Campanillas/Málaga), con fecha 28 de septiembre de 2000, por un importe de 841,42 euros (140.000 ptas.).

Se requiere el reintegro de dicha cantidad incrementada con los intereses de demora correspondientes, lo que supone un importe total de 894,77 euros (148.877 ptas.).

Se advierte que, en caso de que no se lleve a cabo el reintegro en la forma y plazo que en la resolución se expresan, se iniciará el oportuno procedimiento de recaudación en vía de apremio.

- Causa de la devolución de la notificación: «Desconocida¯.

2.º Interesada: Asociación de Mujeres Virgen del Carmen (Marbella/Málaga) (G-92076926), cuyo domicilio conocido fue Avda. Arias Maldonado, 1, 2.º B.

- Fecha de la resolución: 2 de septiembre de 2000.

- Contenido: Se declara el incumplimiento parcial de la obligación de justificar el empleo de la subvención que se concedió a la Asociación de Mujeres Virgen del Carmen (Marbella/Málaga), con fecha 18 de septiembre de 2000, por un importe de 601,01 euros (100.000 ptas.).

Se requiere el reintegro de dicha cantidad incrementada con los intereses de demora correspondientes, lo que supone un importe total de 639,12 euros (106.340 ptas.).

Se advierte que, en caso de que no se lleve a cabo el reintegro en la forma y plazo que en la resolución se expresan, se iniciará el oportuno procedimiento de recaudación en vía de apremio.

- Causa de la devolución de la notificación: «Ausente¯.

3.º Interesada: Asociación de Mujeres Gaviota (Tomares/Sevilla) (G-41472226), cuyo domicilio conocido fue C/ Antonio Mairena, 4-1.º izqda, de Tomares (Sevilla).

- Fecha de la resolución: 2 de septiembre de 2002.

- Contenido: Se declara el incumplimiento parcial de la obligación de justificar el empleo de la subvención que se concedió a la Asociación de Mujeres Gaviota (Tomares/Sevilla), con fecha 18 de septiembre de 2000, por un importe de 601,01 euros (100.000 ptas.).

Se requiere el reintegro de dicha cantidad incrementada con los intereses de demora correspondientes, lo que supone un importe total de 641,35 euros (106.711 ptas.).

Se advierte que, en caso de que no se lleve a cabo el reintegro en la forma y plazo que en la resolución se expresan, se iniciará el oportuno procedimiento de recaudación en vía de apremio.

- Causa de la devolución de la notificación: «Ausente¯.

4.º Interesada: Asociación de Mujeres por la Igualdad Real y Efectiva «Amire¯ (G-41464082), cuyo domicilio conocido fue C/ Santa María, 15 de Sevilla.

- Fecha de la resolución: 2 de septiembre de 2002.

- Contenido: Se declara el incumplimiento parcial de la obligación de justificar el empleo de la subvención que se concedió a la Asociación de Mujeres por la Igualdad Real y Efectiva «Amire¯ de Sevilla, con fecha 18 de septiembre de

2000, por un importe de 2.193,69 euros (365.000 ptas.).

Se requiere el reintegro de dicha cantidad incrementada con los intereses de demora correspondientes, lo que supone un importe total de 2.340,93 euros (389.497 ptas.).

Se advierte que, en caso de que no se lleve a cabo el reintegro en la forma y plazo que en la resolución se expresan, se iniciará el oportuno procedimiento de recaudación en vía de apremio.

- Causa de la devolución de la notificación: «Desconocido¯.

5.º Interesada: Asociación de Mujeres Hispalis de Sevilla (G-

41133786), cuyo domicilio conocido fue C/ Itálica, 1-1.º, de Sevilla.

- Fecha de la resolución: 2 de septiembre de 2002.

- Contenido: Se declara el incumplimiento parcial de la obligación de justificar el empleo de la subvención que se concedió a la Asociación de Mujeres Hispalis de Sevilla, con fecha 18 de septiembre de 2000, por un importe de 1.592,68 euros (265.000 ptas.).

Se requiere el reintegro de dicha cantidad incrementada con los intereses de demora correspondientes, lo que supone un importe total de 1.684,52 euros (280.280 ptas.).

Se advierte que, en caso de que no se lleve a cabo el reintegro en la forma y plazo que en la resolución se expresan, se iniciará el oportuno procedimiento de recaudación en vía de apremio.

- Causa de la devolución de la notificación: «Desconocido¯.

El contenido íntegro de las resoluciones que se notifican podrá ser conocido por las personas interesadas en los

correspondientes procedimientos compareciendo en la sede de este Instituto, sita en C/ Alfonso XII, 52, de Sevilla, antes de que transcurran los diez días siguientes a la fecha en que se publique el presente anuncio en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra las referidas resoluciones, que agotan la vía

administrativa, cabe interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante la Sra. Directora del Instituto Andaluz de la Mujer en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la fecha en que sean notificadas, o

directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo competente, en el plazo de dos meses contados a partir de la fecha de inicio de cómputo anteriormente indicada (si se opta por el recurso de reposición no podrá interponerse el contencioso-administrativo hasta que aquél no sea resuelto expresamente o se produzca su

desestimación presunta).

A efectos del reintegro y los recursos a que se ha hecho mención, se considerará que las resoluciones han sido

notificadas el día de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 31 de octubre de 2002.- La Secretaria General, Isabel Liviano Peña.

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