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A los efectos previstos en el art. 59.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, e intentada sin efecto la notificación de la Resolución recaída en el expediente de suspensión de actividades núm. 168/02-I; incoado a don Mariano Vargas Sanz, con domicilio últimamente conocido en C/ Betis, núm. 17, de Badolatosa (Sevilla), significándole que esta medida es inmediatamente ejecutiva, conforme a los artículos
56, 94 y 111.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y que, no siendo firme en vía administrativa, de no estar conforme con la misma podrá interponer recurso de alzada, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la notificación de ésta, ante la Dirección General de Aseguramiento, Financiación y Planificación en la forma prevista en los artículos 107 y 114 de la Ley 30/1992 ya citada, en la redacción dada por la Ley
4/1999, de 13 de enero.
Sevilla, 29 de octubre de 2002.- El Delegado, Francisco Javier Cuberta Galdós.
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