Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 147 de 14/12/2002

4. Administración de justicia

Otros. JUZGADO DE 1ª INSTANCIA NUM. 22 DE SEVILLA

EDICTO dimanante del procedimiento verbal núm. 234/2002. (PD. 3674/2002).

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NIG: 4109100C20020006514.

Procedimiento: J. Verbal (N) 234/2002. Negociado: 4.º Sobre: Desahucio y reclamación de rentas. De: Doña Mercedes González Marcos.

Contra: Doña Carmen Gómez de la Vega.

EDICTO

CEDULA DE NOTIFICACION

En el procedimiento J. Verbal (N) 234/2002 seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Veintidós de Sevilla, a instancia de Mercedes González Marcos contra Carmen Gómez de la Vega sobre deshaucio y reclamación de rentas, se ha dictado la sentencia que, copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

Sentencia núm.:

En Sevilla, a diecisiete de octubre de dos mil dos.

El Ilmo. Sr. don Jesús Medina Pérez, Magistrado/Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. Veintidós de Sevilla y su partido, habiendo visto los presentes autos de J. Verbal (N)

234/2002 seguidos ante este Juzgado, entre partes, de una como demandante doña Mercedes González Marcos con Procurador don Mauricio Gordillo Cañas26 y Letrado/a don/doña; y de otra como demandada doña Carmen Gómez de la Vega, sobre deshaucio y reclamación de rentas, y

FALLO

Que estimando la demanda deducida por el Procurador don Mauricio Gordillo Cañas, en nombre y representación de doña Mercedes González Marcos contra doña Carmen Gómez de la Vega, sobre desahucio por falta de pago, debo declarar y declaro resuelto el contrato de arrendamiento celebrado entre las partes, referente a la vivienda sita en esta capital, C/ Saavedra, núm., 1.º derecha, habiendo lugar al desahucio, condenando a la parte demandada a dejar libre y a disposición de la parte actora la finca objeto del arrendamiento dentro del término legal con el apercibimiento de que, de no hacerlo, se procederá a su lanzamiento.

Se condena a la parte demandada al abono de las costas del presente juicio.

Contra la presente Resolución cabe interponer recurso de apelación en el plazo de cinco días.

Así por esta mi sentencia, la pronuncio, mando y firmo.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma a la demandada Carmen Gómez de la Vega, extiendo y firmo la presente en Sevilla, a veintinueve de noviembre de dos mil dos.- El/La Secretario.

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