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El Ayuntamiento de Rota (Cádiz) ha tramitado la Modificación del Plan General de Ordenación Urbana de ese municipio en la Unidad de Ejecución núm. 16, «Cine Atlántico¯, que tiene por objeto su nueva ordenación urbanística y la calificación como sistema general de equipamiento de dicho edificio, afectando a las zonas verdes previstas. Las aprobaciones inicial y provisional de esta Modificación se realizaron por Acuerdos del Pleno del Ayuntamiento de 9 de agosto de 2001 y 12 de septiembre de 2002, respectivamente.
El Decreto 77/1994, de 5 de abril, modificado por el Decreto
102/1999, de 27 de abril, que regula el ejercicio de las competencias de la Junta de Andalucía en materia de Ordenación del Territorio y Urbanismo, atribuye en su artículo 4.3.1 la competencia para esta aprobación al Consejo de Gobierno y la de informe, en el artículo 5.2.15, al Consejero de Obras Públicas y Transportes, si bien esta competencia ha sido delegada en la Directora General de Ordenación del Territorio y Urbanismo mediante la Orden de 21 de marzo de 2002, de delegación de competencias en materia de Ordenación del Territorio y Urbanismo.
La Ley 8/1993, de 19 de octubre, de creación del Consejo Consultivo de Andalucía, atribuye en su artículo 16.8.d) a este Organo la competencia para la emisión de dictamen en este tipo de modificación del planeamiento urbanístico.
En desarrollo de los anteriores preceptos, con fecha 14 de mayo de 2002, la Directora General de Ordenación del Territorio y Urbanismo informó favorablemente esta Modificación; asimismo, con fecha 11 de julio de 2002 ha sido emitido Dictamen favorable por el Consejo Consultivo de Andalucía.
En virtud de los antecedentes expuestos, a propuesta de la Consejera de Obras Públicas y Transportes, y de acuerdo con el Consejo Consultivo de Andalucía, el Consejo de Gobierno, en su reunión del día 26 de noviembre de 2002,
A C U E R D A
Primero. Aprobar definitivamente la Modificación del Plan General de Ordenación Urbana de Rota (Cádiz) en la Unidad de Ejecución núm. 16 «Cine Atlántico¯.
Segundo. Este Acuerdo se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, según lo previsto en el artículo 29 del Decreto 77/1994 y se notificará al Ayuntamiento de Rota (Cádiz).
Contra el presente Acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso- administrativo en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación o, en su caso, notificación, ante la correspondiente Sala del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, de conformidad con lo previsto en los artículos
10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y con cumplimiento de los requisitos previstos en la mencionada Ley. Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime procedente.
Sevilla, 26 de noviembre de 2002
MANUEL CHAVES GONZALEZ
Presidente de la Junta de Andalucía
CONCEPCION GUTIERREZ DEL CASTILLO
Consejera de Obras Públicas y Transportes
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