Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 15 de 05/02/2002

3. Otras disposiciones

Consejería de Obras Públicas y Transportes

RESOLUCION de 26 de diciembre de 2001, de la Secretaría General de Planificación, por la que se acuerda la prórroga de la acreditación concedida al laboratorio ICC Control de Calidad, SL, localizado en Almería, y la inscripción en el Registro de Entidades Acreditadas.

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Por don José Luis Sebastián Fernández, en representación de la empresa "ICC Control de Calidad, S.L.", ha sido presentada solicitud, acompañada de documentación, para la prórroga de la acreditación del laboratorio localizado en Almería, C/ Albacete, s/n, Esquina José Morales Abad.

El mencionado laboratorio se encuentra inscrito en el Registro de Entidades Acreditadas para la prestación de asistencia técnica a la construcción y obra pública con el número L060-

02AL.

Realizada inspección al laboratorio, para la evaluación técnica de la entidad, se estima que cumple las condiciones requeridas.

Considerando que se ha dado cumplimiento a lo previsto en la Orden de la Consejería de Obras Públicas y Transportes de 15 de junio de 1989, por la que se regula el Registro de Entidades Acreditadas para la prestación de asistencia técnica a la construcción y obra pública, así como a lo previsto en las disposiciones reguladoras específicas de las áreas de acreditación, establecidas mediante Ordenes de 5 de febrero y de 24 de octubre de 1991, y Orden de 15 de julio de 1997, y en virtud de las competencias delegadas en materia de control de calidad por Orden de 24 de julio de 2001, esta Consejería ha resuelto lo siguiente:

Primero. Prórrogar la acreditación concedida al laboratorio de la empresa "ICC Control de Calidad, S.L.", localizado en Almería, como laboratorio de ensayos para el control de calidad de la construcción y obra pública, en la siguiente área técnica:

- Area de toma de muestras inalteradas, ensayos y pruebas in situ de suelos (ST).

Segundo. Inscribir la prórroga de la acreditación concedida en el Registro de Entidades Acreditadas para la prestación de asistencia técnica a la construcción y obra pública de esta Consejería.

Tercera. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Cuarto. La acreditación otorgada tendrá validez por un período de cinco años, quedando supeditada al cumplimiento de lo establecido en la Orden de 15 de junio de 1989 y disposiciones específicas de cada una de las áreas acreditadas, debiendo, en todo caso, el interesado solicitar la prórroga de la misma en los seis meses anteriores a la expiración de dicho período.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso- administrativo en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de su publicación, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo con competencia territorial según se prevé en el artículo 14 de la Ley 29/1998, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de 13 de julio o, en su caso, ante la correspondiente Sala de lo Contencioso- Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, y con cumplimiento de los requisitos previstos en la mencionada Ley.

Sevilla, 26 de diciembre de 2001.- El Secretario General de Planificación, Damián Alvarez Sala.

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