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Procedimiento: Juicio Verbal 225/1998. Negociado: 1.º De: Don Francisco Hormigo Vargas.
Procuradora: Sra. Cristina Navas Avila.
Contra: Don José Jiménez López, doña María Cristina Jiménez López y don Avilio Alvarez Alonso.
CEDULA DE NOTIFICACION
En el procedimiento Juicio Verbal 225/1998 seguido en este Juzgado, entre partes, de una como demandante Francisco Hormigo Vargas con Procuradora Cristina Navas Avila, y de otra como demandados María Cristina Giménez López y los desconocidos e inciertos Herederos de José Giménez López y de Avilio Alvarez Alonso, se ha dictado la sentencia que, copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:
En Sevilla, a dos de julio de dos mil dos.
Sebastián Moya Sanabria, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. Dos de Sevilla y su partido, habiendo visto los presentes autos de Juicio Verbal 225/1998 seguidos ante este Juzgado, entre partes, de una como demandante Francisco Hormigo Vargas como Procuradora Cristina Navas Avila, y de otra como demandados María Cristina Giménez López y de los desconocidos e inciertos herederos de José Giménez López y de Avilio Alvarez Alonso, y,
F A L L O
Que estimando íntegramente la demanda deducida por la Procuradora Cristina Navas Avila, en nombre y representación de Francisco Hormigo Vargas, contra María Cristina Giménez López, los desconocidos e inciertos herederos de José Giménez López y los desconocidos e inciertos herederos de Avilio Alvarez Alonso, condeno a los demandados a que, de conformidad con lo pactado en el documento de 5 de noviembre de 1948, otorguen escritura pública de venta de la siguiente finca: Suerte de tierra calma de mil metros cuadrados de superficie que corresponde a la parcela número 2 de la Hacienda Amate, que linda al Norte con terrenos vendidos a Juan Cabo Cabilla, por el Sur con terrenos de Pedro Jiménez Aragón, al Este con acequia de riego que lo separa del lote número 3, y al Oeste con camino de servicio, actualmente calle Polvero de Sevilla, marcada con el número 8 de gobierno de la mencionada calle. Ello previa segregación del predio identificado como finca registral 11.683 (antes 8.846) del Registro de la Propiedad núm. Nueve, que constituía una finca rústica, suerte de olivar, tierra calma y terreno de regadío, término de Sevilla, al sitio llamado Palmete, segregada de la denominada Jesús María y José, conocida también por la de Amat o Amate que, a fecha 27 de noviembre de 1984 había visto reducida su cabida tras diversas segregaciones a 34.953,25 metros cuadrados. Todo ello sin especial pronunciamiento sobre imposición de costas.
Notifíquese esta Resolución a las partes haciéndoles saber que no es firme y que contra ella puede interponerse recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Sevilla, que habrá de prepararse ante este Juzgado en un plazo de cinco días en la forma prescrita en el artículo 457.2 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil.
Así por esta sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
Y con el fin de que sirva de notificación en forma a los demandados María Cristina Giménez López y los desconocidos e inciertos Herederos de José Giménez López y de Avilio Alvarez Alonso, extiendo y firmo la presente en Sevilla, a once de noviembre de dos mil dos.- El/La Secretario.
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