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En el incidente de ejecución promovido por doña M.ª Carmen Espejo Aller contra la Resolución de esta Dirección General de
22 de mayo de 2001 (BOJA núm. 72, de 26 de junio), por la que se acuerda llevar a puro y debido efecto la sentencia núm.
30/99, de 6 de abril de 1999, dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. Uno de Sevilla, en el recurso contencioso-administrativo núm. 34/1999, por el procedimiento ordinario, seguido a instancia de la interesada citada contra la Resolución de fecha 3 de noviembre de 1998 (BOJA núm. 128, de 10 de noviembre), por la que se publica Resolución definitiva de la convocatoria para la provisión de plazas básicas vacantes de Auxiliares de Enfermería de Atención Primaria y Areas Hospitalarias dependientes del Organismo, mediante concurso de traslado (Resolución de 19 de enero de
1998, BOJA núm. 10, de 27 de enero), confirmada por sentencia de 18 de enero de 2000, dictada en el rollo de apelación núm.
19/99 por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Sevilla-Sección
2.ª, se ha dictado Auto, que ha adquirido firmeza, y cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:
«Parte dispositiva: S.S.ª ante mí el Secretario, dijo: Que debía estimar y estima la petición formulada por la parte actora en este incidente declarando su derecho a que le sea baremado el tiempo total servido en el Hospital Virgen Macarena de esta ciudad, incluyendo el prestado en otros Centros hospitalarios en comisión de servicio, es decir, todo el comprendido desde el 20 de marzo de 1991 al 17 de febrero de
1998, condenando a la Administración al cumplimiento de esta disposición.¯
De conformidad con todo ello, esta Dirección General de Personal y Servicios, en virtud de las competencias que tiene conferidas por Ley 8/1986, del Servicio Andaluz de Salud, y Decreto 245/2000, de 31 de mayo (BOJA núm. 65, de 6 de junio), de Estructura Orgánica Básica de la Consejería de Salud y del Servicio Andaluz de Salud, y de acuerdo con lo previsto en el art. 103 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y el art. 104 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso- Administrativa,
RESUELVE
Llevar a puro y debido efecto el Auto firme del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. Uno de Sevilla, de fecha 24 de julio de 2001, recaído en el incidente de ejecución de sentencia dictada en el recurso contencioso-administrativo núm.
34/1999 y, en consecuencia, reconocer el derecho de la actora a que le sea baremado el tiempo total servido en el Hospital Virgen Macarena de esta ciudad, incluyendo el prestado en otros Centros hospitalarios en comisión de servicio, es decir, todo el comprendido desde el 20 de marzo de 1991 al 17 de febrero de
1998. Citada la Comisión de Valoración a fin de valorar tales méritos y reunida con fecha 23 de octubre de 2001, acuerda la siguiente valoración de méritos:
At. Primaria At. Especializada_
Experiencia Profesional 225 puntos 189 puntos Formación 36 puntos 36 puntos Total 261 puntos 225 puntos
Obtiene plaza en la Zona Básica de Salud de Chipiona, Cádiz (Cód. 29284).
Desplaza a doña Araceli Recio Tapia, con DNI 45.052.162, que con 258 puntos en Atención Primaria y 480 puntos en Atención Especializada pasa a obtener plaza en el Hospital de Jerez, Cádiz (Cód. 29245).
A su vez, doña Araceli Recio Tapia desplaza a doña Milagros Saborido Gago, con DNI 31.325.548, que con 170 puntos en Atención Primaria y 304 puntos en Atención Especializada pasa a obtener plaza en el Hospital Puerta del Mar, Cádiz (Cód.
29201).
Los efectos derivados de la presente Resolución se ajustarán a lo dispuesto en la base 7 de la convocatoria, Resolución de
19 de enero de 1998 (BOJA núm 10, de 27 de enero), contándose los plazos a partir del día siguiente al de publicación de la presente Resolución.
Sevilla, 3 de diciembre de 2001.- El Director General de Personal y Servicios, Rafael Burgos Rodríguez.
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