Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 21 de 19/02/2002

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación

ORDEN de 22 de enero de 2002, por la que se autoriza al Ayuntamiento de Cájar (Granada), a enajenar mediante concurso varias parcelas integrantes de su Patrimonio Municipal del Suelo.

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El Ayuntamiento de Cájar (Granada) ha solicitado autorización previa para enajenar mediante concurso público varias parcelas integrantes de su Patrimonio Municipal del Suelo.

De conformidad con el art. 277 del Texto Refundido de la Ley del Suelo de 1992, declarado de aplicación en la Comunidad Autónoma de Andalucía, por el artículo Unico de la Ley 1/97, de 18 de junio, la parcela cuya enajenación se plantea está integrado en el Patrimonio Municipal del Suelo de Cájar (Granada).

El art. 280.1 del Texto Refundido de la Ley del Suelo, dispone que los bienes del PMS, una vez incorporados al proceso de urbanización y edificación, tendrán que destinarse a la construcción de viviendas sujetas a algún régimen de protección pública o, como en el presente caso, a otros usos de interés social, de acuerdo con el planeamiento urbanístico.

El art. 17.1 de la Ley 7/99, de 29 de septiembre, de Bienes de las Entidades Locales de Andalucía, establece que: «La enajenación, gravamen y permuta de los bienes y derechos integrantes del Patrimonio Municipal del Suelo, sin perjuicio de lo dispuesto en la legislación urbanística aplicable, precisará autorización previa de la Consejería de Gobernación y Justicia con informe de la Consejería de Obras Públicas y Transportes, cuando su valor exceda del 25% de los recursos ordinarios del presupuesto de la entidad¯.

El importe de la enajenación asciende a 478.697,69 euros lo que comparándolo con el importe de los recursos ordinarios del Presupuesto Municipal, supere el 25% de dichos recursos por lo que es necesario autorización del Consejero de Gobernación, conforme señala el art. 17.1 de la Ley 7/99, de 29 de septiembre.

De acuerdo con el citado art. 17.1 es necesario informe previo de la Consejería de Obras Públicas y Transportes, por

lo que con fecha 7 de diciembre de 2001 se le envía el expediente para que emitan informe. Con fecha 26 de diciembre se emite el mismo en sentido favorable.

La legislación a tener en cuenta en la materia que nos ocupa está representada pro los arts. 17.1 de la Ley 7/99, de 29 de septiembre, de Bienes de las Entidades Locales de Andalucía; arts. 276 y ss. del Real Decreto Legislativo 1/92, de 26 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley sobre el Régimen del Suelo y Ordenación Urbana, declarado de aplicación a la Comunidad Autónoma de Andalucía por el artículo Unico de la Ley 1/97, de 18 de junio, y demás preceptos de general aplicación.

El artículo 13.3 del Estatuto de Autonomía para Andalucía, aprobado por Ley Orgánica 6/1981, de 30 de diciembre, confiere competencia exclusiva a esta Comunidad Autónoma, en materia de Régimen Local.

En su virtud, al amparo de la Legislación invocada de conformidad con lo dispuesto en el art. 44.4 de la Ley 6/83, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma, he tenido a bien disponer lo siguiente:

Primero. Autorizar al Ilmo. Ayuntamiento de Cájar (Granada) a que enajene mediante concurso público las parcelas integrantes del Patrimonio Municipal del Suelo, que se relacionan a continuación:

- Parcela núm. 1. Con una superficie de 101,00 m. Los linderos son al Norte, M.ª Angeles Pertíñez Sarmiento; al Sur, calle Veleta; al Este, calle Huenes, y al Oeste, calle Mulhacén. Por un valor de 17.716,55 euros.

- Parcela núm. 2. Con una superficie de 630,00 m. Los linderos son al Norte, calle Julio Romero de Torres; al Sur, calle Pablo Picasso; al Este, José Antonio del Rosal Porcel y Manuel Sánchez Carreño, y al Oeste, calle -sin nombre-. Por un valor de 110.509,18 euros.

- Parcela núm. 3. Con una superficie de 103,00 m. Los linderos son al Norte, calle Carlos Cano; al Sur, José García Nogueras; al Este, Promociones Luancos, y al Oeste, José Antonio Cuenca Villegas. Por un valor de 18.067,37 euros.

- Parcela núm. 4. Con una superficie de 295,00 m. Los linderos son al Norte, M. Fernando Cea González y M.ª Gracia Salazar Cano; al Sur, calle Profesor Tierno Galván; al Este, calle Murillo, y al Oeste, calle Sevilla. Por un valor de 51.746,36 euros.

- Parcela núm. 5. Con una superficie de 1.600 m. Los linderos son al Norte, Construcciones Luque Bédmar; al Sur,

Construcciones Luque Bédmar; al Este, calle Murillo, y al Oeste, calle Sevilla. Por un valor de 280.658,23 euros.

Segundo. Las parcelas de la enajenación habrá de destinarse a la conservación y ampliación del Patrimonio Municipal del Suelo.

Cuarto. Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante este órgano en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a aquél en que tenga lugar la

notificación del presente acto, o interponer directamente el recurso contencioso-administrativo ante los correspondientes órganos judiciales de este orden en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la notificación de este acto, todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 116 y 117 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-

Administrativa.

Sevilla, 22 de enero de 2002

ALFONSO PERALES PIZARRO

Consejero de Gobernación

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