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Advertido error material en la Resolución de referencia, consistente en la omisión de un párrafo en la parte dispositiva de dicha Resolución, de conformidad con lo previsto en el artículo 105.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se transcribe a continuación la siguiente rectificación:
En la página 17.923, en el párrafo tercero del número primero de la parte dispositiva deberá añadirse el siguiente texto:
Se suprime el segundo párrafo del artículo 3 de los Estatutos de la Mancomunidad de Municipios de la Costa del Sol Occidental con el siguiente tenor literal: «En el supuesto de que un Concejal de cualquiera de los Ayuntamientos mancomunados tenga que sustituir al Alcalde o que por cualquier causa deje de ser Concejal, se elegirá por dicho Ayuntamiento otro Concejal para que sea vocal en la Mancomunidad, en representación de dicho Ayuntamiento, durante el tiempo que dure la sustitución primera o hasta que se elija otro que lo sustituya¯.
Sevilla, 23 de enero de 2002.- El Director General, Alfonso Yerga Cobos.
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